III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2022-662)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Generalitat de Catalunya, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Sábado 15 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 4098

efectuará por la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio, conforme a
las reglas previstas en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Novena.

Vigencia y revisión del Convenio.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial
de la Comunidad Autónoma firmante.
El presente convenio permanecerá vigente hasta 31 de diciembre de 2022, y en
cualquier momento antes del transcurso de esta fecha, los firmantes del convenio podrán
acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta dos años adicionales o su
extinción.
El contenido del presente convenio podrá ser objeto de revisión y modificación, que
requerirá el acuerdo unánime de los firmantes. Toda modificación del convenio deberá
formalizarse mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos y
previa autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Décima.

Jurisdicción competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, así como a las normas de derecho administrativo, los principios de
buena administración y el ordenamiento jurídico en general.
Corresponderá a los órganos de la Jurisdicción Contencioso-administrativa conocer
de las controversias que no puedan resolverse en el seno de la Comisión de
seguimiento, vigilancia y control.

cve: BOE-A-2022-662
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio de
manera electrónica el 30 de diciembre de 2021.–Por el Instituto Nacional de la Seguridad
Social, la Directora General, M.ª del Carmen Armesto González-Rosón.–Por la
Administración de la Generalitat de Cataluña, la Secretària general de Salut, Meritxell
Masó i Carbó.–Por la Universidad de Alcalá, Vicerrectora de Estudios de Posgrado,
Margarita Vallejo Girvés.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X