III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-586)
Resolución de 7 de enero de 2022, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, la Diputación Provincial de Soria y el Ayuntamiento de Valdeavellano de Tera, para la gestión compartida de espacios en Valdeavellano con fines formativos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3497
establecido en el artículo 1 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se
establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas) y en representación
del indicado Ayuntamiento, de acuerdo con el art. 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Actuando las partes en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose
poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene adscrito, a través de la
Secretaría de Estado de Función Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública,
Organismo Autónomo de la Administración General del Estado, de acuerdo con el Real
Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales. Este Organismo es responsable de la formación de los
empleados y empleadas públicos, así como de la selección de varios cuerpos y escalas
funcionariales adscritos al citado Ministerio.
Segundo.
Que entre los fines esenciales que tiene atribuidos el INAP por el artículo 2 de su
Estatuto figuran los siguientes: «Desarrollar y ejecutar las políticas de selección y de
formación de empleados públicos en el ámbito de sus competencias; promover y realizar
estudios, publicaciones e investigaciones en materias relacionadas con la Administración
Pública, y mantener relaciones de cooperación y colaboración con otras Administraciones
y centros de formación de empleados públicos, nacionales e internacionales».
Tercero.
Que la Consejería de la Presidencia tiene atribuida la competencia para impulsar,
coordinar y, en su caso, establecer los planes, medidas y actividades tendentes a mejorar
la formación y promoción del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León, de acuerdo con lo que establece el artículo 1.1.d) del Decreto 19/2019,
de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería.
Esta competencia la ejerce a través de la Escuela de Administración Pública de
Castilla y León (en adelante ECLAP), que es el centro especializado de selección,
aprendizaje y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración de la
Comunidad de Castilla y León.
La ECLAP, entre otras, tiene atribuidas las funciones de colaboración y cooperación
con cualquier otra Administración Pública de la Comunidad Autónoma, así como la
colaboración y cooperación con otros institutos o escuelas de Administración pública.
Que el Ayuntamiento es propietario del Centro de Formación, Cultura y Desarrollo
«Espacio Valdeavellano», sito en la localidad de Valdeavellano de Tera, destinado a la
impartición de actividades formativas, y socio-culturales.
cve: BOE-A-2022-586
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3497
establecido en el artículo 1 del Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se
establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas) y en representación
del indicado Ayuntamiento, de acuerdo con el art. 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Actuando las partes en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose
poderes y facultades suficientes para formalizar el presente Convenio
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Hacienda y Función Pública tiene adscrito, a través de la
Secretaría de Estado de Función Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública,
Organismo Autónomo de la Administración General del Estado, de acuerdo con el Real
Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales. Este Organismo es responsable de la formación de los
empleados y empleadas públicos, así como de la selección de varios cuerpos y escalas
funcionariales adscritos al citado Ministerio.
Segundo.
Que entre los fines esenciales que tiene atribuidos el INAP por el artículo 2 de su
Estatuto figuran los siguientes: «Desarrollar y ejecutar las políticas de selección y de
formación de empleados públicos en el ámbito de sus competencias; promover y realizar
estudios, publicaciones e investigaciones en materias relacionadas con la Administración
Pública, y mantener relaciones de cooperación y colaboración con otras Administraciones
y centros de formación de empleados públicos, nacionales e internacionales».
Tercero.
Que la Consejería de la Presidencia tiene atribuida la competencia para impulsar,
coordinar y, en su caso, establecer los planes, medidas y actividades tendentes a mejorar
la formación y promoción del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León, de acuerdo con lo que establece el artículo 1.1.d) del Decreto 19/2019,
de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería.
Esta competencia la ejerce a través de la Escuela de Administración Pública de
Castilla y León (en adelante ECLAP), que es el centro especializado de selección,
aprendizaje y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración de la
Comunidad de Castilla y León.
La ECLAP, entre otras, tiene atribuidas las funciones de colaboración y cooperación
con cualquier otra Administración Pública de la Comunidad Autónoma, así como la
colaboración y cooperación con otros institutos o escuelas de Administración pública.
Que el Ayuntamiento es propietario del Centro de Formación, Cultura y Desarrollo
«Espacio Valdeavellano», sito en la localidad de Valdeavellano de Tera, destinado a la
impartición de actividades formativas, y socio-culturales.
cve: BOE-A-2022-586
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.