III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-593)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunitat Valenciana, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "Colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "Emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3549
de euros para un proyecto piloto dirigido a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los
proyectos de «Colectivos especialmente vulnerables» y la cantidad de 1.000.000,00 de
euros para un proyecto piloto dirigido a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los
proyectos de «Emprendimiento y microempresas» dotados en el estado de gastos del
presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para el año 2021, en las
aplicaciones presupuestarias 19.101.240A.455.83 y 19.101.240A.455.84. La citada
aportación tiene la consideración de subvención de concesión directa, regulada en el
Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, el libramiento de la aportación citada se realizará
de forma anticipada en su totalidad, a través de un único libramiento, previa solicitud de
la Comunidad Valenciana a la que se acompañará el plan, aprobado de acuerdo con lo
previsto en la cláusula cuarta, que recoja las actuaciones concretas a realizar para el
desarrollo de los proyectos «Colectivos especialmente vulnerables» y «Emprendimiento
y microempresas» incluidos en la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el
reequilibrio y la equidad» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las
cuales se prevé destinar las aportaciones económicas del Servicio Público de Empleo
Estatal.
Esta previsión inicial podrá modificarse a lo largo de la vigencia del presente
Convenio en función de las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad
Autónoma, sin que de ello se derive la necesidad de modificar el presente Convenio,
siempre que las cantidades se reasignen entre actuaciones recogidas dentro del plan
dirigidas al cumplimiento de los objetivos de las subvenciones objeto de este Convenio.
En todo caso, la cifra final de la aportación del SEPE no superará el importe previsto en
esta cláusula.
El pago de los fondos en la forma indicada, no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 del
Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Valenciana en el ejercicio 2021, tanto para los
fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como los no
financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos acordados en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad con lo
establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Valenciana podrá utilizar los
fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal para la ejecución de
programas y servicios de políticas activas de empleo para completar adicionalmente y
reforzar en su caso los fondos objeto de este Convenio. Deberá quedar, en tal caso,
identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Compromisos de la Comunidad Valenciana.
La Comunidad Valenciana, a través de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y
Formación aprobará el plan que recoja las actuaciones concretas a realizar para el
desarrollo de los proyectos «Colectivos especialmente vulnerables» y «Emprendimiento
y microempresas» a las cuales se destinarán los fondos del Servicio Público Estatal
recogidos en la cláusula anterior, pudiendo utilizar para su ejecución, además de la
aprobación de programas de ayudas públicas, la convocatoria y concesión de
subvenciones públicas, el desarrollo de programas de gestión directa, y cualquier otra
fórmula de actuación por parte de la Comunidad Valenciana admitida en derecho y que
tenga por objeto alguna de las siguientes actuaciones:
cve: BOE-A-2022-593
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 3549
de euros para un proyecto piloto dirigido a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los
proyectos de «Colectivos especialmente vulnerables» y la cantidad de 1.000.000,00 de
euros para un proyecto piloto dirigido a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los
proyectos de «Emprendimiento y microempresas» dotados en el estado de gastos del
presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para el año 2021, en las
aplicaciones presupuestarias 19.101.240A.455.83 y 19.101.240A.455.84. La citada
aportación tiene la consideración de subvención de concesión directa, regulada en el
Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, el libramiento de la aportación citada se realizará
de forma anticipada en su totalidad, a través de un único libramiento, previa solicitud de
la Comunidad Valenciana a la que se acompañará el plan, aprobado de acuerdo con lo
previsto en la cláusula cuarta, que recoja las actuaciones concretas a realizar para el
desarrollo de los proyectos «Colectivos especialmente vulnerables» y «Emprendimiento
y microempresas» incluidos en la Inversión 4, «Nuevos proyectos territoriales para el
reequilibrio y la equidad» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las
cuales se prevé destinar las aportaciones económicas del Servicio Público de Empleo
Estatal.
Esta previsión inicial podrá modificarse a lo largo de la vigencia del presente
Convenio en función de las necesidades efectivamente detectadas por la Comunidad
Autónoma, sin que de ello se derive la necesidad de modificar el presente Convenio,
siempre que las cantidades se reasignen entre actuaciones recogidas dentro del plan
dirigidas al cumplimiento de los objetivos de las subvenciones objeto de este Convenio.
En todo caso, la cifra final de la aportación del SEPE no superará el importe previsto en
esta cláusula.
El pago de los fondos en la forma indicada, no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.2 del
Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Valenciana en el ejercicio 2021, tanto para los
fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como los no
financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos acordados en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad con lo
establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Valenciana podrá utilizar los
fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal para la ejecución de
programas y servicios de políticas activas de empleo para completar adicionalmente y
reforzar en su caso los fondos objeto de este Convenio. Deberá quedar, en tal caso,
identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Compromisos de la Comunidad Valenciana.
La Comunidad Valenciana, a través de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y
Formación aprobará el plan que recoja las actuaciones concretas a realizar para el
desarrollo de los proyectos «Colectivos especialmente vulnerables» y «Emprendimiento
y microempresas» a las cuales se destinarán los fondos del Servicio Público Estatal
recogidos en la cláusula anterior, pudiendo utilizar para su ejecución, además de la
aprobación de programas de ayudas públicas, la convocatoria y concesión de
subvenciones públicas, el desarrollo de programas de gestión directa, y cualquier otra
fórmula de actuación por parte de la Comunidad Valenciana admitida en derecho y que
tenga por objeto alguna de las siguientes actuaciones:
cve: BOE-A-2022-593
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.