III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-595)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio de colaboración con ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para el reparto de gastos de funcionamiento de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior y la Red Territorial de Comercio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Viernes 14 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 3626

DGCOMINVER e ICEX serán denominadas conjuntamente como las «Partes» e
individualmente cada una de ellas como la «Parte».
Las Partes, comparecen en nombre y representación de los citados organismos y se
reconocen competencia para formalizar el presente acuerdo.
EXPONEN
I. Que, con fecha 9 de enero de 2018 las Partes firmaron un convenio para el
reparto de gastos de funcionamiento de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales
en el Exterior y la Red Territorial de Comercio (en adelante, el Convenio) que se
encuentra vigente hasta el próximo 31 de diciembre de 2021.
II. Que, en el Convenio las Partes contemplaron, en su acuerdan octavo, la
posibilidad de prorrogar su duración por un periodo de hasta cuatro años.
III. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes
proceder a la prórroga del Convenio por un año desde el plazo de finalización del periodo
inicialmente acordado, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2022.
Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga
del Convenio (en adelante, la Prórroga) con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Las Partes acuerdan prorrogar la duración del Convenio por un año desde el plazo
de finalización del periodo inicialmente acordado, es decir, hasta el 31 de diciembre
de 2022.
Segunda.

Perfección de la prórroga.

La presente prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz
una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO) en el plazo de cinco días hábiles desde
su formalización, sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del
Estado» (BOE) en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Tercera.

Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo
establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.

cve: BOE-A-2022-595
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, y para la debida constancia de
todo lo convenido, las Partes firman la presente prórroga, en Madrid, tomándose como
fecha de formalización del presente documento la fecha de la última firmante.–Por la
Secretaría de Estado de Comercio, P. D., la Directora General de Comercio Internacional
e Inversiones (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero), María Paz Ramos Res.–Por ICEX
España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera delegada, María Peña Mateos.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X