III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-597)
Orden APA/9/2022, de 4 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos industriales no textiles, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Cultivo
Azafrán.
Caña de azúcar.
Garantías
Plantación.
Producción.
Riesgo
Producción.
Producción.
Toma de efecto.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Desde el arraigo de la
planta o bien desde la
recolección de la
campaña anterior.
Resto de
adversidades.
Reposición y
levantamiento.
Daños.
Resto de
adversidades.
Reposición y
levantamiento.
Daños.
Menta.
Producción.
Fecha límite
12 meses desde inicio
de garantías o toma de
efecto del seguro de la
campaña siguiente.
15 junio (1).
Al inicio del encañado
en más del 50% de las
plantas.
1 marzo.
10 marzo (1).
Cuando haya más del
25% de plantas en
floración.
Toma de efecto,
cuando la planta tenga
10 cm de altura y
20 septiembre.
nunca antes del 15 de
abril.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades.
Lúpulo.
Plantación.
Inicio
Todos.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Lavanda y lavandín.
Sec. III. Pág. 3650
Todos.
Toma de efecto.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Trasplante: desde
arraigo.
Siembra directa: a
partir de la 2.ª hoja
verdadera.
Reposición y
levantamiento.
Resto de
adversidades.
Daños.
12 meses desde inicio
garantías o toma de
efecto del seguro de la
campaña siguiente.
31 octubre.
A partir del momento
en que el 50% de las
plantas tenga visible el
botón floral.
cve: BOE-A-2022-597
Verificable en https://www.boe.es
(1) Correspondiente al año siguiente del inicio de suscripción.
Núm. 12
Viernes 14 de enero de 2022
Cultivo
Azafrán.
Caña de azúcar.
Garantías
Plantación.
Producción.
Riesgo
Producción.
Producción.
Toma de efecto.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Desde el arraigo de la
planta o bien desde la
recolección de la
campaña anterior.
Resto de
adversidades.
Reposición y
levantamiento.
Daños.
Resto de
adversidades.
Reposición y
levantamiento.
Daños.
Menta.
Producción.
Fecha límite
12 meses desde inicio
de garantías o toma de
efecto del seguro de la
campaña siguiente.
15 junio (1).
Al inicio del encañado
en más del 50% de las
plantas.
1 marzo.
10 marzo (1).
Cuando haya más del
25% de plantas en
floración.
Toma de efecto,
cuando la planta tenga
10 cm de altura y
20 septiembre.
nunca antes del 15 de
abril.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades.
Lúpulo.
Plantación.
Inicio
Todos.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Lavanda y lavandín.
Sec. III. Pág. 3650
Todos.
Toma de efecto.
Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Trasplante: desde
arraigo.
Siembra directa: a
partir de la 2.ª hoja
verdadera.
Reposición y
levantamiento.
Resto de
adversidades.
Daños.
12 meses desde inicio
garantías o toma de
efecto del seguro de la
campaña siguiente.
31 octubre.
A partir del momento
en que el 50% de las
plantas tenga visible el
botón floral.
cve: BOE-A-2022-597
Verificable en https://www.boe.es
(1) Correspondiente al año siguiente del inicio de suscripción.