III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-597)
Orden APA/9/2022, de 4 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos industriales no textiles, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Viernes 14 de enero de 2022

I.2
Tipo plantación

Cultivos

Garantía

Riesgos cubiertos

Cálculo de la indemnización

Producción.

Explotación (comarca).

Plantación.

Todos los de producción.

Explotación (comarca).

Producción.

Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades
climáticas.

Explotación (comarca).

Plantación.

Todos los de producción.

Explotación (comarca).

Producción.

Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades
climáticas.

Explotación (comarca).

Plantación.

Todos los de producción.

Explotación (comarca).

Producción.

Pedrisco.
No nascencia.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades
climáticas.

Explotación (comarca).

Producción.

Pedrisco.
Viento.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades
climáticas.

Explotación (comarca).

Resto de cultivos (1).

Producción.

Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades
climáticas.

Explotación (comarca).

Aloe vera.

Plantación.

Todos los de producción.

Explotación (comarca).

Azafrán.

Plantación.

Todos los de producción.

Explotación (comarca).

Lúpulo.

Plantación.

Todos los de producción.

Explotación (comarca).

Todos.

Instalaciones (2).

Todos los de producción y
cualquier otro riesgo
climático.

Parcela.

Azafrán.

Lúpulo.
Plantación en producción.

Remolacha.

Tabaco.

Todas.

Módulo 1

Pedrisco.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades
climáticas.

Aloe vera.

Plantones.

Sec. III. Pág. 3643

cve: BOE-A-2022-597
Verificable en https://www.boe.es

(1) Resto de cultivos: adormidera, alcaparra, anís, caña de azúcar, espliego, lavanda, lavandín, mejorana, menta, orégano, quinua, regaliz, romero, salvia,
tomillo, resto de aromáticas, resto de culinarias y resto de medicinales en suelo.
(2) Los sistemas de conducción son asegurables únicamente en el lúpulo.