II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-544)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Universidad de Extremadura, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Superior de Prevención de Riesgos Laborales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 3284
la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos,
siendo eliminados del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles
para efectuar reclamaciones ante el Tribunal.
8.2 La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará
pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, y comprenderá a
los aspirantes que superen el mismo, facultando a los interesados para poner
reclamación ante el Tribunal en un plazo de cinco días.
8.3 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados
por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones
totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá
atendiendo sucesivamente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si
persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso
respectivamente y si éste persistiera, se tendrá en cuenta para establecer el orden final
los siguientes criterios:
– Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
– Mayor antigüedad en otras Universidades públicas o Instituciones de Educación
Superior.
– Mayor grado de titulación académica.
– El orden de actuación de los opositores conforme a lo manifestado en la base 7.3.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas
convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes cuyo número
supere al de plazas convocadas.
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la
discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida
al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4 El Tribunal elevará, finalmente, al Rectorado la correspondiente propuesta de
nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala Superior de Servicios de la
Universidad de Extremadura, a favor de los aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo.
Al mismo tiempo, se facilitará al Área de Recursos Humanos el expediente
administrativo ordenado y foliado, conteniendo toda la documentación que ha generado
el proceso selectivo.
8.5 La Gerencia de la Universidad de Extremadura dispondrá la publicación en el
«Diario Oficial de Extremadura» de la relación provisional de aspirantes aprobados, siendo
esta publicación determinante del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación, a efectos del posible recurso de alzada ante el Rector de la Universidad.
8.6 Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Gerencia de la Universidad
ofertará a los seleccionados los puestos a cubrir, ateniéndose a las peticiones conforme al
orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos
objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo.
Al mismo tiempo se dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados
con indicación del destino adjudicado y dispondrá su publicación en el «Diario Oficial de
Extremadura», agotando dicho acto la vía administrativa. La misma será motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
9.
Lista de espera
9.1 Una vez concluido cada proceso selectivo, el órgano de selección elevará al
Rectorado una lista ordenada de aquellos aspirantes que sin haber superado las
correspondientes pruebas selectivas hayan superado, al menos, el primer ejercicio, al
objeto de ofertarles las vacantes temporales que se pudieran producir en el ámbito de la
cve: BOE-A-2022-544
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 11
Jueves 13 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 3284
la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos,
siendo eliminados del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles
para efectuar reclamaciones ante el Tribunal.
8.2 La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará
pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, y comprenderá a
los aspirantes que superen el mismo, facultando a los interesados para poner
reclamación ante el Tribunal en un plazo de cinco días.
8.3 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo. En esta lista los aspirantes aparecerán ordenados
por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones
totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá
atendiendo sucesivamente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si
persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso
respectivamente y si éste persistiera, se tendrá en cuenta para establecer el orden final
los siguientes criterios:
– Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
– Mayor antigüedad en otras Universidades públicas o Instituciones de Educación
Superior.
– Mayor grado de titulación académica.
– El orden de actuación de los opositores conforme a lo manifestado en la base 7.3.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas
convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de aspirantes cuyo número
supere al de plazas convocadas.
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la
discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida
al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4 El Tribunal elevará, finalmente, al Rectorado la correspondiente propuesta de
nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala Superior de Servicios de la
Universidad de Extremadura, a favor de los aspirantes que hayan superado el proceso
selectivo.
Al mismo tiempo, se facilitará al Área de Recursos Humanos el expediente
administrativo ordenado y foliado, conteniendo toda la documentación que ha generado
el proceso selectivo.
8.5 La Gerencia de la Universidad de Extremadura dispondrá la publicación en el
«Diario Oficial de Extremadura» de la relación provisional de aspirantes aprobados, siendo
esta publicación determinante del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación, a efectos del posible recurso de alzada ante el Rector de la Universidad.
8.6 Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Gerencia de la Universidad
ofertará a los seleccionados los puestos a cubrir, ateniéndose a las peticiones conforme al
orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos
objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo.
Al mismo tiempo se dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados
con indicación del destino adjudicado y dispondrá su publicación en el «Diario Oficial de
Extremadura», agotando dicho acto la vía administrativa. La misma será motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
9.
Lista de espera
9.1 Una vez concluido cada proceso selectivo, el órgano de selección elevará al
Rectorado una lista ordenada de aquellos aspirantes que sin haber superado las
correspondientes pruebas selectivas hayan superado, al menos, el primer ejercicio, al
objeto de ofertarles las vacantes temporales que se pudieran producir en el ámbito de la
cve: BOE-A-2022-544
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