III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-479)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
F.
Sec. III. Pág. 2994
Derechos y obligaciones:
– Marco normativo general y específico.
– Organización de la prevención.
– Fomento de la toma de conciencia sobre la importancia de involucrarse en la
prevención de riesgos laborales.
– Participación, información, consulta y propuestas.
11. Contenido formativo para los trabajos de mantenimiento de maquinaria y
vehículos en obras de construcción:
El contenido formativo para los trabajos para los trabajos de mantenimiento de
maquinaria y vehículos en obras de construcción, cuyo módulo tendrá una duración
mínima de 20 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A.
Definición de los trabajos:
– Actividades de montaje, reparación y mantenimiento de maquinaria y vehículos en
obras de construcción.
B.
Técnicas preventivas específicas:
– Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de
riesgos en el caso de que no exista plan.
– Riesgos específicos y medidas preventivas. Caídas de personas y de objetos
desde altura. Riesgos eléctricos por trabajos con presencia de líneas eléctricas aéreas y
enterradas. Manipulación manual de cargas, Exposición a posturas forzadas. Espacios
confinados. Exposición a contaminantes físicos, etc.
– Métodos de enclavamiento, consignación, bloqueo de maquinaria.
– Medidas de seguridad frente a condiciones meteorológicas adversas.
– Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Señalización específica.
– Autorización y uso de la maquinaria.
C.
Medios auxiliares, equipos y herramientas:
– Equipos de elevación y transporte de cargas (grúas, camión grúa, carretillas,
transpaleta, etc.).
– Escaleras, plataformas de trabajo fijas y móviles.
– Equipos portátiles y herramientas.
– Vehículos taller y furgonetas.
– Equipos de soldadura y oxicorte.
– Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los
principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, etc. (RD 1215).
Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno:
– Riesgos y medidas preventivas necesarias.
– Conocimiento del entorno del lugar de trabajo (espacios confinados, zonas ATEX,
etc.). Planificación de las tareas desde un punto de vista preventivo.
– Almacenamiento y acopio de materiales. Orden y limpieza.
– Manipulación de productos químicos. Ficha de datos de seguridad. Simbología.
E.
Interferencias entre actividades:
– Actividades simultáneas o sucesivas.
– Señalización y tránsito.
– Previsión de las necesidades de los diferentes equipos: propios y de la obra.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
D.
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
F.
Sec. III. Pág. 2994
Derechos y obligaciones:
– Marco normativo general y específico.
– Organización de la prevención.
– Fomento de la toma de conciencia sobre la importancia de involucrarse en la
prevención de riesgos laborales.
– Participación, información, consulta y propuestas.
11. Contenido formativo para los trabajos de mantenimiento de maquinaria y
vehículos en obras de construcción:
El contenido formativo para los trabajos para los trabajos de mantenimiento de
maquinaria y vehículos en obras de construcción, cuyo módulo tendrá una duración
mínima de 20 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A.
Definición de los trabajos:
– Actividades de montaje, reparación y mantenimiento de maquinaria y vehículos en
obras de construcción.
B.
Técnicas preventivas específicas:
– Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de
riesgos en el caso de que no exista plan.
– Riesgos específicos y medidas preventivas. Caídas de personas y de objetos
desde altura. Riesgos eléctricos por trabajos con presencia de líneas eléctricas aéreas y
enterradas. Manipulación manual de cargas, Exposición a posturas forzadas. Espacios
confinados. Exposición a contaminantes físicos, etc.
– Métodos de enclavamiento, consignación, bloqueo de maquinaria.
– Medidas de seguridad frente a condiciones meteorológicas adversas.
– Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
– Señalización específica.
– Autorización y uso de la maquinaria.
C.
Medios auxiliares, equipos y herramientas:
– Equipos de elevación y transporte de cargas (grúas, camión grúa, carretillas,
transpaleta, etc.).
– Escaleras, plataformas de trabajo fijas y móviles.
– Equipos portátiles y herramientas.
– Vehículos taller y furgonetas.
– Equipos de soldadura y oxicorte.
– Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los
principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, etc. (RD 1215).
Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno:
– Riesgos y medidas preventivas necesarias.
– Conocimiento del entorno del lugar de trabajo (espacios confinados, zonas ATEX,
etc.). Planificación de las tareas desde un punto de vista preventivo.
– Almacenamiento y acopio de materiales. Orden y limpieza.
– Manipulación de productos químicos. Ficha de datos de seguridad. Simbología.
E.
Interferencias entre actividades:
– Actividades simultáneas o sucesivas.
– Señalización y tránsito.
– Previsión de las necesidades de los diferentes equipos: propios y de la obra.
cve: BOE-A-2022-479
Verificable en https://www.boe.es
D.