III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-478)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Miércoles 12 de enero de 2022

Área Funcional

Grupo Profesional

Puesto
Convenio interprovincial

Sec. III. Pág. 2889

Categorías actuales
Convenio Comercio en General de
Soria

Jefe de Compras.
Jefe Sector.
Mandos.

Jefe de Ventas.
Jefe de Personal.
Encargado General.

Jefe de unidad.

Coordinadores.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.

Jefe de sección.

Jefe de sección mercantil.

Jefe de equipo.

Encargada de establecimiento.

Vendedor.

Dependiente/a.

Comercial.

Viajante.
Corredor de plaza.

Repartidor.
Decorador.

Escaparatista.

Reponedor.
Auxiliares de venta y sala.

Dirección.

Personal auxiliar.
Cajero/a autoservicio.

Auxiliar de caja.

Ayudante de venta y servicios.

Ayudante.

Director.

Jefe de Almacén.

Jefe de sector.
Jefe de Unidad.
Jefe de Sección.

Servicios Logísticos.

Coordinadores.

Jefe de Equipo.

Especialistas logísticos y de
transporte.

Repartidor.

Mozo especializado.

Reponedor.

Mozo.

Personal auxiliar.

Personal subalterno.

Auxiliares logísticos y de
transporte.

Reglas especiales relativas a conceptos salariales de la provincia de Soria:

cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es

1.º El concepto denominado «Complemento de antigüedad» establecido en el
artículo 9 del actual convenio provincial se denominará «Complemento ad personam».