III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-478)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Área Funcional
Grupo Profesional
Puesto
Convenio interprovincial
Sec. III. Pág. 2879
Categorías actuales
Convenio Comercio en General de
Guadalajara
Jefe de División.
Jefe de Personal.
Jefe Sector.
Jefe de Ventas.
Jefe de Compras.
Mandos.
Encargado General.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Coordinadores.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.
Jefe de unidad.
Jefe de sucursal.
Jefe de sección.
Jefe de sección.
Jefe de equipo.
Encargado de establecimiento.
Vendedor.
Dependiente/a.
Comercial.
Viajante.
Repartidor.
Decorador.
Dibujante, escaparatista, rotulista.
Reponedor.
Auxiliares de venta y sala.
Dirección.
Personal auxiliar.
Cajero/a autoservicio.
Auxiliar de caja.
Ayudante de venta y servicios.
Ayudante.
Director.
Jefe de Almacén.
Jefe de sector.
Jefe de Unidad.
Jefe de Sección.
Servicios Logísticos.
Coordinadores.
Jefe de Equipo.
Capataz.
Especialistas logísticos y de
transporte.
Repartidor.
Mozo especialista.
Reponedor.
Mozo.
Personal auxiliar.
Personal subalterno.
Auxiliares logísticos y de
transporte.
Reglas especiales relativas a conceptos salariales de la provincia de Guadalajara:
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es
1.º El concepto denominado «Complemento de antigüedad» establecido en el
artículo 9 del actual convenio provincial se denominará «Complemento ad personam».
2.º El complemento que se perciba por los/as trabajadores/as de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 20 del convenio provincial lo incorporarán al salario base
personal
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Área Funcional
Grupo Profesional
Puesto
Convenio interprovincial
Sec. III. Pág. 2879
Categorías actuales
Convenio Comercio en General de
Guadalajara
Jefe de División.
Jefe de Personal.
Jefe Sector.
Jefe de Ventas.
Jefe de Compras.
Mandos.
Encargado General.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Coordinadores.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.
Jefe de unidad.
Jefe de sucursal.
Jefe de sección.
Jefe de sección.
Jefe de equipo.
Encargado de establecimiento.
Vendedor.
Dependiente/a.
Comercial.
Viajante.
Repartidor.
Decorador.
Dibujante, escaparatista, rotulista.
Reponedor.
Auxiliares de venta y sala.
Dirección.
Personal auxiliar.
Cajero/a autoservicio.
Auxiliar de caja.
Ayudante de venta y servicios.
Ayudante.
Director.
Jefe de Almacén.
Jefe de sector.
Jefe de Unidad.
Jefe de Sección.
Servicios Logísticos.
Coordinadores.
Jefe de Equipo.
Capataz.
Especialistas logísticos y de
transporte.
Repartidor.
Mozo especialista.
Reponedor.
Mozo.
Personal auxiliar.
Personal subalterno.
Auxiliares logísticos y de
transporte.
Reglas especiales relativas a conceptos salariales de la provincia de Guadalajara:
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es
1.º El concepto denominado «Complemento de antigüedad» establecido en el
artículo 9 del actual convenio provincial se denominará «Complemento ad personam».
2.º El complemento que se perciba por los/as trabajadores/as de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 20 del convenio provincial lo incorporarán al salario base
personal