III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-478)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional de comercio minorista de droguerías y perfumerías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Área Funcional
Grupo Profesional
Puesto
Convenio interprovincial
Jefe Sector.
Mandos.
Sec. III. Pág. 2867
Categorías actuales
Convenio Comercio en General
Ávila
Encargado general.
Jefe de unidad.
Jefe de sección.
Coordinadores.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.
Jefe de equipo.
Encargado sucursal.
Vendedor.
Dependiente.
Comercial.
Viajante.
Repartidor.
Conductor-repartidor.
Decorador.
Reponedor.
Auxiliares de venta y sala.
Mozo.
Personal auxiliar.
Cajero/a autoservicio.
Auxiliar de caja.
Ayudante de venta y servicios.
Ayudante.
Director.
Dirección.
Jefe de sector.
Jefe de Unidad.
Jefe de almacén.
Jefe de Sección.
Servicios Logísticos.
Coordinadores.
Jefe de Equipo.
Especialistas logísticos y de
transporte.
Repartidor.
Conductor-repartidor.
Reponedor.
Ayudante.
Auxiliares logísticos y de
transporte.
Personal auxiliar.
Reglas especiales relativas a conceptos salariales de la provincia de Ávila:
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es
1.º El concepto denominado «Antigüedad consolidada» –personal con antigüedad
anterior a 1995– permanecerá con tal denominación.
2.º El personal con importes de antigüedad adquiridos con posterioridad a 1995
(cuatrienios de valor fijo) transformará la denominación del concepto como
«complemento ad personam».
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Área Funcional
Grupo Profesional
Puesto
Convenio interprovincial
Jefe Sector.
Mandos.
Sec. III. Pág. 2867
Categorías actuales
Convenio Comercio en General
Ávila
Encargado general.
Jefe de unidad.
Jefe de sección.
Coordinadores.
Organización del establecimiento
comercial y atención al cliente.
Consejeros/as de venta y de
imagen del establecimiento.
Jefe de equipo.
Encargado sucursal.
Vendedor.
Dependiente.
Comercial.
Viajante.
Repartidor.
Conductor-repartidor.
Decorador.
Reponedor.
Auxiliares de venta y sala.
Mozo.
Personal auxiliar.
Cajero/a autoservicio.
Auxiliar de caja.
Ayudante de venta y servicios.
Ayudante.
Director.
Dirección.
Jefe de sector.
Jefe de Unidad.
Jefe de almacén.
Jefe de Sección.
Servicios Logísticos.
Coordinadores.
Jefe de Equipo.
Especialistas logísticos y de
transporte.
Repartidor.
Conductor-repartidor.
Reponedor.
Ayudante.
Auxiliares logísticos y de
transporte.
Personal auxiliar.
Reglas especiales relativas a conceptos salariales de la provincia de Ávila:
cve: BOE-A-2022-478
Verificable en https://www.boe.es
1.º El concepto denominado «Antigüedad consolidada» –personal con antigüedad
anterior a 1995– permanecerá con tal denominación.
2.º El personal con importes de antigüedad adquiridos con posterioridad a 1995
(cuatrienios de valor fijo) transformará la denominación del concepto como
«complemento ad personam».