III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-475)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del III Convenio colectivo para las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis Autopistas de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2666
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
475
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del III Convenio
colectivo para las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis
Autopistas de España.
Visto el texto del Acuerdo de modificación, de 30 de agosto de 2021, de la
disposición adicional sexta del III Convenio colectivo para las empresas integradas en la
unidad de negocio de Abertis Autopistas de España (UNAAE) –Autopistas Concesionaria
Española, S.A.U. (Acesa); Autopistes de Catalunya, S.A.U. (Aucat); Infraestructures
Viàries de Catalunya, S.A.U. (Invicat); Autopista Vasco-Aragonesa, Concesionaria
Española, S.A.U. (Avasa); Iberpistas, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado
(Iberpistas); Castellana de Autopistas, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado
(Castellana); Autopistas de León, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado (Aulesa)
y Abertis Autopistas España, S.A.U. (AAE)– (código de convenio n.º 90100223012014),
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero de 2021, acuerdo que fue
suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresas afectadas, en
representación de las mismas, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT, en
representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-475
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de diciembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
Núm. 10
Miércoles 12 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2666
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
475
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del III Convenio
colectivo para las empresas integradas en la unidad de negocio de Abertis
Autopistas de España.
Visto el texto del Acuerdo de modificación, de 30 de agosto de 2021, de la
disposición adicional sexta del III Convenio colectivo para las empresas integradas en la
unidad de negocio de Abertis Autopistas de España (UNAAE) –Autopistas Concesionaria
Española, S.A.U. (Acesa); Autopistes de Catalunya, S.A.U. (Aucat); Infraestructures
Viàries de Catalunya, S.A.U. (Invicat); Autopista Vasco-Aragonesa, Concesionaria
Española, S.A.U. (Avasa); Iberpistas, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado
(Iberpistas); Castellana de Autopistas, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado
(Castellana); Autopistas de León, Sociedad Anónima Concesionaria del Estado (Aulesa)
y Abertis Autopistas España, S.A.U. (AAE)– (código de convenio n.º 90100223012014),
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero de 2021, acuerdo que fue
suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresas afectadas, en
representación de las mismas, y de otra por los sindicatos CC.OO. y UGT, en
representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-475
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 29 de diciembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.