III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Sector ferroviario. (BOE-A-2022-415)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se actualizan las referencias normativas de la instrucción ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante ferroviario para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas, locomotoras y coches.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2525
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
415
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria, por la que se actualizan las referencias normativas de la
instrucción ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante
ferroviario para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas,
locomotoras y coches.
Mediante la Orden TMA/576/2020, de 22 de junio, se aprobó la Instrucción
ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante ferroviario para la entrada en
servicio de unidades autopropulsadas, locomotoras y coches (en adelante, IF MR
ALC-20) como normativa técnica nacional, complementaria a las Especificaciones
Técnicas de Interoperabilidad (ETI), de aplicación en los procesos de autorización de
tipos de vehículos y vehículos ferroviarios cuyo área de uso contemple la circulación por
líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General con ancho de vía 1.668 mm
y 1.435 mm.
Durante los procesos de certificación de tipos de vehículos y vehículos ferroviarios
que se han ido acometiendo desde la aprobación de dicha instrucción ferroviaria, se han
identificado una serie de cambios y evoluciones técnicas en las referencias a los
documentos normativos y cuestiones obligatorias reflejadas en el cuadro C.2
Referencias normativas de la instrucción ferroviaria del anexo C Referencias normativas
de la IF MR ALC-20.
Dicho anexo C puede ser modificado en virtud de la disposición final segunda de la
Orden TMA/576/2020, de 22 de junio, mediante resolución de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria, con el fin de acomodar su contenido al progreso de la técnica o a
la normativa comunitaria, siempre que las especificaciones técnicas y de seguridad de
las normas actualizadas sean equivalentes.
Por todo lo anterior, esta Agencia resuelve:
Primero. Actualización de las referencias normativas.
Se actualiza la relación de normas que figuran en el cuadro C.2 del Anexo C del
apéndice de la Instrucción ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante
ferroviario para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas, locomotoras y
coches (IF MR ALC-20), al objeto de acomodar su contenido al progreso actual de la
técnica.
Las referencias actualizadas son las correspondientes a los siguientes índices:
Característica que debe evaluarse
Documento normativo
Cláusula
Documento
[2]
Compatibilidad con los sistemas de detección
de trenes. Perturbaciones.
4.2.3.3.1
UNE-EN 50121-3-1:2017/A1:2019.
Junio 2019.
[3]
Compatibilidad con los sistemas de detección
de trenes. Perturbaciones.
4.2.3.3.1
UNE-CLC/TS 50238-2:2020.
Agosto 2020.
[4]
Compatibilidad con los sistemas de detección
de trenes basados en contadores de ejes.
4.2.3.3.1.2
Eliminado.
Cuestiones
obligatorias
6
Cl. Pertinente.(1)
cve: BOE-A-2022-415
Verificable en https://www.boe.es
IF MR ALC
Índice
n.º
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2525
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
415
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria, por la que se actualizan las referencias normativas de la
instrucción ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante
ferroviario para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas,
locomotoras y coches.
Mediante la Orden TMA/576/2020, de 22 de junio, se aprobó la Instrucción
ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante ferroviario para la entrada en
servicio de unidades autopropulsadas, locomotoras y coches (en adelante, IF MR
ALC-20) como normativa técnica nacional, complementaria a las Especificaciones
Técnicas de Interoperabilidad (ETI), de aplicación en los procesos de autorización de
tipos de vehículos y vehículos ferroviarios cuyo área de uso contemple la circulación por
líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General con ancho de vía 1.668 mm
y 1.435 mm.
Durante los procesos de certificación de tipos de vehículos y vehículos ferroviarios
que se han ido acometiendo desde la aprobación de dicha instrucción ferroviaria, se han
identificado una serie de cambios y evoluciones técnicas en las referencias a los
documentos normativos y cuestiones obligatorias reflejadas en el cuadro C.2
Referencias normativas de la instrucción ferroviaria del anexo C Referencias normativas
de la IF MR ALC-20.
Dicho anexo C puede ser modificado en virtud de la disposición final segunda de la
Orden TMA/576/2020, de 22 de junio, mediante resolución de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria, con el fin de acomodar su contenido al progreso de la técnica o a
la normativa comunitaria, siempre que las especificaciones técnicas y de seguridad de
las normas actualizadas sean equivalentes.
Por todo lo anterior, esta Agencia resuelve:
Primero. Actualización de las referencias normativas.
Se actualiza la relación de normas que figuran en el cuadro C.2 del Anexo C del
apéndice de la Instrucción ferroviaria: Especificaciones técnicas de material rodante
ferroviario para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas, locomotoras y
coches (IF MR ALC-20), al objeto de acomodar su contenido al progreso actual de la
técnica.
Las referencias actualizadas son las correspondientes a los siguientes índices:
Característica que debe evaluarse
Documento normativo
Cláusula
Documento
[2]
Compatibilidad con los sistemas de detección
de trenes. Perturbaciones.
4.2.3.3.1
UNE-EN 50121-3-1:2017/A1:2019.
Junio 2019.
[3]
Compatibilidad con los sistemas de detección
de trenes. Perturbaciones.
4.2.3.3.1
UNE-CLC/TS 50238-2:2020.
Agosto 2020.
[4]
Compatibilidad con los sistemas de detección
de trenes basados en contadores de ejes.
4.2.3.3.1.2
Eliminado.
Cuestiones
obligatorias
6
Cl. Pertinente.(1)
cve: BOE-A-2022-415
Verificable en https://www.boe.es
IF MR ALC
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n.º