III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-412)
Resolución 420/38002/2022, de 4 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la prevención de drogodependencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2514
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
412
Resolución 420/38002/2022, de 4 de enero, de la Secretaría General
Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para
la prevención de drogodependencias.
Suscrito el 30 de diciembre de 2021 el Convenio con la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad para la prevención de drogodependencias, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 4 de enero de 2022.–El Secretario General Técnico, P. S. (Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero), el Vicesecretario General Técnico, José
María Sánchez Sánchez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid a través de la
Consejería de Sanidad para la prevención de drogodependencias
En Madrid, a 30 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, don Amador Fernando
Enseñat y Berea, nombrado por Real Decreto 866/2021, de 5 de octubre, actuando en
representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma, otorgada por la
Excma. Sra. Ministra de Defensa, expresamente para este acto.
Y, de otra parte, don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad
de Madrid, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de
Madrid, en virtud de la delegación de firma de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
otorgada por Decreto 89/2021, de 14 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo previsto
por el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica para obligarse en los términos
del presente convenio,
MANIFIESTAN
En el artículo 27 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas, se establece el derecho y deber del militar a una
«Prevención de riesgos y protección de la salud», en el que se señala que los militares
tienen derecho a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el ejercicio
de su actividad y por otro lado, tienen la obligación de velar, mediante el cumplimiento de
las medidas de prevención que en cada caso estén establecidas, por su propia
seguridad y salud en el desempeño de sus cometidos y por las de las personas a las que
pueda afectar su actividad.
cve: BOE-A-2022-412
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Primero.
Núm. 9
Martes 11 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2514
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
412
Resolución 420/38002/2022, de 4 de enero, de la Secretaría General
Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para
la prevención de drogodependencias.
Suscrito el 30 de diciembre de 2021 el Convenio con la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad para la prevención de drogodependencias, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 4 de enero de 2022.–El Secretario General Técnico, P. S. (Ley 40/2015, de 1 de
octubre, y Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero), el Vicesecretario General Técnico, José
María Sánchez Sánchez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid a través de la
Consejería de Sanidad para la prevención de drogodependencias
En Madrid, a 30 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, don Amador Fernando
Enseñat y Berea, nombrado por Real Decreto 866/2021, de 5 de octubre, actuando en
representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma, otorgada por la
Excma. Sra. Ministra de Defensa, expresamente para este acto.
Y, de otra parte, don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad
de Madrid, nombrado por Decreto 49/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de
Madrid, en virtud de la delegación de firma de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
otorgada por Decreto 89/2021, de 14 de diciembre de 2021, de acuerdo con lo previsto
por el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica para obligarse en los términos
del presente convenio,
MANIFIESTAN
En el artículo 27 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas, se establece el derecho y deber del militar a una
«Prevención de riesgos y protección de la salud», en el que se señala que los militares
tienen derecho a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el ejercicio
de su actividad y por otro lado, tienen la obligación de velar, mediante el cumplimiento de
las medidas de prevención que en cada caso estén establecidas, por su propia
seguridad y salud en el desempeño de sus cometidos y por las de las personas a las que
pueda afectar su actividad.
cve: BOE-A-2022-412
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Primero.