III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-421)
Resolución de 3 de enero de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, SAU, para la organización del Encuentro I-2022 y dos conciertos de la Joven Orquesta Nacional de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Martes 11 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2592

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente acuerdo
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades deberá ser sometido a revisión
previa y autorización expresa de la JONDE. A tal efecto, y con antelación suficiente a su
edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la JONDE las pruebas de los
referidos materiales.
Quinta. Control y seguimiento.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por el INAEM, el Director/a de la JONDE o persona en quien delegue; y
por Zaragoza Cultural, el/la titular de la Dirección Artística del Auditorio-Palacio de
Congresos de Zaragoza o persona en quien delegue.
Sexta. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.
Zaragoza Cultural certifica que cumple con los requisitos que establecen la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asumen el
compromiso de comunicar al INAEM los riesgos que su trabajo en las dependencias del
espacio escénico Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza puedan generar, así
como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según
el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la
Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de
coordinación de actividades empresariales.
El INAEM, a través de la JONDE, se compromete a cumplir todas las instrucciones
dictadas por Zaragoza Cultural, según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y todas las disposiciones relacionadas
con la misma, así como hacer cumplir a sus empleados el precepto legal anteriormente
mencionado.
Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los
signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 30 de marzo de 2022 incluido.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia
requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la
correspondiente adenda.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá
acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
Octava. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.
El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.
Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:
a)

El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

cve: BOE-A-2022-421
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.