III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-399)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la modificación del Convenio de colaboración con la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca, para la creación del Consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación del Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8
Lunes 10 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2333
No obstante, la CCYL podrá adelantar sus aportaciones si así lo estimare
oportuno.
b)
Periodo 2022-2028:
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
Total
AGE-MCIN.
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
11.200.000
CCYL.
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
10.080.000
USAL.
160.000
160.000
160.000
160.000
160.000
160.000
160.000
1.120.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
22.400.000
El Consorcio CLPU podrá contar, además, para su financiación, con ingresos
procedentes de las actividades propias de CLPU como prestación de servicios de
I+D al sector público y privado, ingresos financieros, otras ayudas y subvenciones,
y otros ingresos.
Las transferencias anuales que efectúe cada entidad consorciada podrán
realizarse de las siguientes formas:
a)
Transferencias de sus presupuestos respectivos:
– Las aportaciones de la AGE-MCIN se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.07.463B.749.05. de los Presupuestos Generales del Estado
para el ejercicio 2021, o equivalente que la sustituya en los ejercicios futuros, en
caso de variación.
– Las aportaciones de la CCYL se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 07.04.467B04.74327 de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2021 o equivalente que la sustituya
en los ejercicios futuros, en caso de variación.
– Las aportaciones de la Universidad de Salamanca se realizarán con cargo
de la aplicación presupuestaria 463A.D.01 de los presupuestos de la Universidad
de Salamanca de 2021 o equivalente que la sustituya en los ejercicios futuros en
caso de variación.
b) Asignación, siempre que la normativa vigente lo permita, de recursos
procedentes de fondos europeos programados para cada una de las
Administraciones, en particular con cargo a los Programas Operativos FEDER
(Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y FSE (Fondo Social Europeo) para
Investigación, Desarrollo e Innovación. Esta asignación no podrá superar el 50 %
de la aportación de cada Administración consorciada, salvo autorización expresa
de las demás. De obtenerse dichos recursos, su importe minorará en igual cuantía
el importe de las aportaciones de la Administración correspondiente, para lo cual
se suscribirá una Modificación al presente Convenio, que seguirá la tramitación
legalmente establecida.
c) Otros recursos presupuestarios.»
Tercera.
Modificación de cláusula décima.
Se modifica la cláusula décima «Naturaleza del Convenio, régimen jurídico y
jurisdicción competente», que queda redactada como sigue:
«El presente Convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título
preliminar y en el capítulo VI del título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 34 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología y la Innovación, así como por los
cve: BOE-A-2022-399
Verificable en https://www.boe.es
Total.
Núm. 8
Lunes 10 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 2333
No obstante, la CCYL podrá adelantar sus aportaciones si así lo estimare
oportuno.
b)
Periodo 2022-2028:
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
Total
AGE-MCIN.
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
1.600.000
11.200.000
CCYL.
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
1.440.000
10.080.000
USAL.
160.000
160.000
160.000
160.000
160.000
160.000
160.000
1.120.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
3.200.000
22.400.000
El Consorcio CLPU podrá contar, además, para su financiación, con ingresos
procedentes de las actividades propias de CLPU como prestación de servicios de
I+D al sector público y privado, ingresos financieros, otras ayudas y subvenciones,
y otros ingresos.
Las transferencias anuales que efectúe cada entidad consorciada podrán
realizarse de las siguientes formas:
a)
Transferencias de sus presupuestos respectivos:
– Las aportaciones de la AGE-MCIN se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 28.07.463B.749.05. de los Presupuestos Generales del Estado
para el ejercicio 2021, o equivalente que la sustituya en los ejercicios futuros, en
caso de variación.
– Las aportaciones de la CCYL se realizarán con cargo a la aplicación
presupuestaria 07.04.467B04.74327 de los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2021 o equivalente que la sustituya
en los ejercicios futuros, en caso de variación.
– Las aportaciones de la Universidad de Salamanca se realizarán con cargo
de la aplicación presupuestaria 463A.D.01 de los presupuestos de la Universidad
de Salamanca de 2021 o equivalente que la sustituya en los ejercicios futuros en
caso de variación.
b) Asignación, siempre que la normativa vigente lo permita, de recursos
procedentes de fondos europeos programados para cada una de las
Administraciones, en particular con cargo a los Programas Operativos FEDER
(Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y FSE (Fondo Social Europeo) para
Investigación, Desarrollo e Innovación. Esta asignación no podrá superar el 50 %
de la aportación de cada Administración consorciada, salvo autorización expresa
de las demás. De obtenerse dichos recursos, su importe minorará en igual cuantía
el importe de las aportaciones de la Administración correspondiente, para lo cual
se suscribirá una Modificación al presente Convenio, que seguirá la tramitación
legalmente establecida.
c) Otros recursos presupuestarios.»
Tercera.
Modificación de cláusula décima.
Se modifica la cláusula décima «Naturaleza del Convenio, régimen jurídico y
jurisdicción competente», que queda redactada como sigue:
«El presente Convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título
preliminar y en el capítulo VI del título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el artículo 34 de la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología y la Innovación, así como por los
cve: BOE-A-2022-399
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