III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-384)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos de Almonte, Burguillos, Guillena, Sanlúcar de Barrameda, El Ejido, Roquetas de Mar y Adra, para la financiación, ejecución y explotación de determinadas infraestructuras de saneamiento y depuración necesarias para garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 2261

3.º La explotación y adecuado mantenimiento de las infraestructuras una vez
finalizadas y entregadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico o por la Junta de Andalucía.
4.º La realización a su costa, como administración competente en el servicio de
saneamiento y depuración, de las reparaciones, mejoras y ampliaciones de las
infraestructuras construidas que se requieran para garantizar su adecuado
mantenimiento y explotación, así como de aquellas actuaciones necesarias en el futuro
para garantizar el cumplimiento de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario de actuación
en el ámbito de la política de aguas.
5.º Abonar la Tarifa de Utilización del Agua prevista en el artículo 114.2 del texto
refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio (en adelante, TRLA).
6.º La aprobación y, en su caso, revisión y adaptación del Reglamento de
prestación del servicio público de depuración de aguas y aprobación de la
correspondiente tarifa o tasa de depuración con carácter previo a la firma del acta de
replanteo, en cumplimiento del principio de recuperación de costes y, en su caso, la
aprobación de la correspondiente Ordenanza de vertidos o su modificación para la
efectiva prestación del servicio. La mencionada tasa o tarifa deberá cubrir tanto la
explotación como el adecuado mantenimiento de las infraestructuras.
d) Compromisos asumidos por el Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda y
Roquetas de Mar:
Participar en la definición de los proyectos de obra que redacten la Administración
General del Estado y la de la Comunidad Autónoma de Andalucía para atender al
saneamiento y depuración de su municipio facilitando que pueda llegarse a la solución
técnica más adecuada. Una vez redactado el proyecto, la ejecución y explotación de las
obras serán objeto de un convenio específico.
Tercera. Financiación de las actuaciones.
3.1 La inversión total necesaria para las actuaciones objeto del presente convenio
se ha estimado en 74.590.000 euros, IVA incluido, siendo el porcentaje de financiación a
aportar por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico del 50% y
por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta
de Andalucía el otro 50%, con el siguiente reparto para cada una de las actuaciones:
a) Actuaciones recogidas en el Protocolo General. 37.590.000 euros, repartidos en
las siguientes obras, que serán financiadas y ejecutadas por la Dirección General del
Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
– Ampliación y mejora de la EDAR de Matalascañas T.M. de Almonte (Huelva):
29.250.000 euros.
– EDAR y colectores en Burguillos T.M. Burguillos (Sevilla): 3.840.000 euros.
– Proyecto de adecuación y mejora de la EDAR de Sanlúcar de Barrameda y
agrupación de vertidos y colectores en los núcleos de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz):
1.500.000 euros.
– EDAR y colectores en Guillena T.M. de Guillena (Sevilla): 3.000.000 de euros.
Estas obras serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria
23.05.456A.601 del presupuesto de gastos de la Dirección General del Agua. Una vez
licitadas y adjudicados los contratos, los importes aquí citados se actualizarán y los
remanentes derivados de las bajas de los contratistas quedarán liberados de
conformidad con las disposiciones aplicables.

cve: BOE-A-2022-384
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Núm. 8