III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-330)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga al Convenio con ADIF y Puertos del Estado, para el diseño, desarrollo y explotación de la plataforma tecnológica SIMPLE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1578
La participación de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se
realiza con cargo a la aplicación presupuestaria 17.20.451N.640, proyecto de
inversión 200917020000500 «Estudios relacionados con las competencias de la
Secretaría». Esta Secretaría de Estado hará efectivos sus correspondientes
pagos, directamente al contratista, previa formalización de las certificaciones
oportunas expedidas por la empresa adjudicataria.
Puertos del Estado dispone del presupuesto necesario en las partidas
correspondientes a la Dirección de Servicios y Competitividad referidas al
desarrollo, puesta en servicio y mantenimiento de la plataforma SIMPLE. Puertos
del Estado hará efectivos sus correspondientes pagos, directamente al contratista,
previa formalización de las certificaciones oportunas expedidas por la empresa
adjudicataria.
ADIF dispondrá del presupuesto necesario para el desarrollo, puesta en
servicio y mantenimiento de la plataforma SIMPLE y así hacer efectivos sus
correspondientes pagos, directamente al contratista, previa formalización de las
certificaciones oportunas expedidas por la empresa adjudicataria.
Antes de proceder tanto a la licitación como a la adjudicación de los servicios
objeto de este Convenio por parte de Puertos del Estado, los firmantes de este
Convenio deberán aportar los documentos contables que avalen su participación
financiera.
Los centros que alberguen módulos del sistema de acuerdo a su arquitectura
distribuida, pondrán a disposición del proyecto los correspondientes entornos de
pruebas, preproducción y producción.
Las adaptaciones que puedan ser necesarias realizar en los sistemas propios
de cada uno de los firmantes, incluido DUEPORT en el caso de Puertos del
Estado, para interactuar y ser interoperable con la plataforma SIMPLE, serán por
cuenta de cada uno de los firmantes al no estar incluidas en el alcance de este
Convenio y por tanto no afecta a su buen fin.
Se acuerda solicitar ayuda financiera de la Unión Europea mediante la
presentación del proyecto en la actual convocatoria del Mecanismo Conectar
Europa (CEF), o en cualquiera de los instrumentos de financiación disponibles,
comprometiéndose las partes a suscribir el correspondiente acuerdo que regule su
participación en la citada ayuda.
La plataforma tecnológica SIMPLE incluirá, con una configuración de
arquitectura distribuida, las funcionalidades correspondientes a los flujos de
información relativos a la cadena de transporte intermodal: itinerarios viarios y
ferroviarios de las mercancías y los medios de transporte, accesos a las terminales
intermodales ferrocarril-carretera y a los puertos y sus terminales, y determinados
servicios de las comunidades de usuarios de los puertos y de las terminales
intermodales.»
4.
Prórroga del convenio.
5.
Eficacia de la adenda y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación y prórroga del convenio por esta adenda adquirirá eficacia, de
conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, a partir de su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
cve: BOE-A-2022-330
Verificable en https://www.boe.es
Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las
Partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo de la cláusula novena
del Convenio, prorrogar su vigencia hasta el 22 de mayo del año 2026.
Núm. 7
Sábado 8 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1578
La participación de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se
realiza con cargo a la aplicación presupuestaria 17.20.451N.640, proyecto de
inversión 200917020000500 «Estudios relacionados con las competencias de la
Secretaría». Esta Secretaría de Estado hará efectivos sus correspondientes
pagos, directamente al contratista, previa formalización de las certificaciones
oportunas expedidas por la empresa adjudicataria.
Puertos del Estado dispone del presupuesto necesario en las partidas
correspondientes a la Dirección de Servicios y Competitividad referidas al
desarrollo, puesta en servicio y mantenimiento de la plataforma SIMPLE. Puertos
del Estado hará efectivos sus correspondientes pagos, directamente al contratista,
previa formalización de las certificaciones oportunas expedidas por la empresa
adjudicataria.
ADIF dispondrá del presupuesto necesario para el desarrollo, puesta en
servicio y mantenimiento de la plataforma SIMPLE y así hacer efectivos sus
correspondientes pagos, directamente al contratista, previa formalización de las
certificaciones oportunas expedidas por la empresa adjudicataria.
Antes de proceder tanto a la licitación como a la adjudicación de los servicios
objeto de este Convenio por parte de Puertos del Estado, los firmantes de este
Convenio deberán aportar los documentos contables que avalen su participación
financiera.
Los centros que alberguen módulos del sistema de acuerdo a su arquitectura
distribuida, pondrán a disposición del proyecto los correspondientes entornos de
pruebas, preproducción y producción.
Las adaptaciones que puedan ser necesarias realizar en los sistemas propios
de cada uno de los firmantes, incluido DUEPORT en el caso de Puertos del
Estado, para interactuar y ser interoperable con la plataforma SIMPLE, serán por
cuenta de cada uno de los firmantes al no estar incluidas en el alcance de este
Convenio y por tanto no afecta a su buen fin.
Se acuerda solicitar ayuda financiera de la Unión Europea mediante la
presentación del proyecto en la actual convocatoria del Mecanismo Conectar
Europa (CEF), o en cualquiera de los instrumentos de financiación disponibles,
comprometiéndose las partes a suscribir el correspondiente acuerdo que regule su
participación en la citada ayuda.
La plataforma tecnológica SIMPLE incluirá, con una configuración de
arquitectura distribuida, las funcionalidades correspondientes a los flujos de
información relativos a la cadena de transporte intermodal: itinerarios viarios y
ferroviarios de las mercancías y los medios de transporte, accesos a las terminales
intermodales ferrocarril-carretera y a los puertos y sus terminales, y determinados
servicios de las comunidades de usuarios de los puertos y de las terminales
intermodales.»
4.
Prórroga del convenio.
5.
Eficacia de la adenda y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación y prórroga del convenio por esta adenda adquirirá eficacia, de
conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, a partir de su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
cve: BOE-A-2022-330
Verificable en https://www.boe.es
Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las
Partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo de la cláusula novena
del Convenio, prorrogar su vigencia hasta el 22 de mayo del año 2026.