III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. (BOE-A-2022-314)
Resolución 430/38001/2022, de 3 de enero, de la Dirección General de Personal, para la aplicación de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Viernes 7 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1452
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
314
Resolución 430/38001/2022, de 3 de enero, de la Dirección General de
Personal, para la aplicación de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley
Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de
las Fuerzas Armadas.
El artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas, dispone que las asociaciones profesionales de
miembros de las Fuerzas Armadas, para poder acceder al Consejo de Personal, deberán
contar, en relación a los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a las que
se refiere el artículo 34.1 de la mencionada Ley Orgánica, con un determinado
porcentaje de afiliados en función de las categorías militares a las que estén abiertos sus
Estatutos.
El objeto de esta resolución es dar cumplimiento al mandato contenido en el citado
artículo 48.2, haciendo públicos los datos sobre los efectivos que en el mismo se indican.
En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.2 del Reglamento
del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 910/2012,
de 8 de junio, dispongo:
Apartado único.
Efectivos.
A los efectos de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de
julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y a fecha 31 de
diciembre de 2021, los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a que se
refiere el artículo 34.1 de la mencionada Ley Orgánica son:
Categoría militar
Número de efectivos indicados en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011,
de 27 de julio
Oficiales
26.804
Suboficiales
26.721
Tropa y Marinería
78.237
Total
131.762
cve: BOE-A-2022-314
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de enero de 2022.–La Directora General de Personal, Adoración Mateos
Tejada.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 6
Viernes 7 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 1452
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DEFENSA
314
Resolución 430/38001/2022, de 3 de enero, de la Dirección General de
Personal, para la aplicación de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley
Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de
las Fuerzas Armadas.
El artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas, dispone que las asociaciones profesionales de
miembros de las Fuerzas Armadas, para poder acceder al Consejo de Personal, deberán
contar, en relación a los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a las que
se refiere el artículo 34.1 de la mencionada Ley Orgánica, con un determinado
porcentaje de afiliados en función de las categorías militares a las que estén abiertos sus
Estatutos.
El objeto de esta resolución es dar cumplimiento al mandato contenido en el citado
artículo 48.2, haciendo públicos los datos sobre los efectivos que en el mismo se indican.
En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.2 del Reglamento
del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 910/2012,
de 8 de junio, dispongo:
Apartado único.
Efectivos.
A los efectos de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de
julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y a fecha 31 de
diciembre de 2021, los efectivos de las Fuerzas Armadas en las situaciones a que se
refiere el artículo 34.1 de la mencionada Ley Orgánica son:
Categoría militar
Número de efectivos indicados en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 9/2011,
de 27 de julio
Oficiales
26.804
Suboficiales
26.721
Tropa y Marinería
78.237
Total
131.762
cve: BOE-A-2022-314
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 3 de enero de 2022.–La Directora General de Personal, Adoración Mateos
Tejada.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X