II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. UNIVERSIDADES. Integraciones. (BOE-A-2022-300)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a doña Marta Muste Rodríguez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Viernes 7 de enero de 2022

Sec. II.A. Pág. 1370

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

UNIVERSIDADES
300

Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Universidad Politécnica de
Cataluña, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad a doña Marta Muste Rodríguez.

De conformidad con la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2007,
de 12 de abril por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, y cumplidos los requisitos establecidos en la citada disposición.
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas en la mencionada Ley
Orgánica y demás disposiciones concordantes, ha resuelto integrar en el Cuerpo de
Profesores/Profesoras Titulares de Universidad a Profesores/Profesoras Titulares de
Escuela Universitaria en su propia plaza, a los/as profesores/as que se relacionan a
continuación, con los emolumentos que según las disposiciones vigentes les
correspondan.
Doña Marta Muste Rodríguez, área de conocimiento de Mecánica de Medios
Continuos y Teoría de Estructuras.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo
establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001 de Universidades, de 21 de diciembre, la
persona interesada puede interponer un recurso contencioso administrativo, en el plazo
de dos meses a contar des del día siguiente a la presente publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, sin
perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición ante el
órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la
publicación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo
hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
recurso interpuesto. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2022-300
Verificable en https://www.boe.es

Barcelona, 15 de diciembre de 2021.–El Rector, Daniel Crespo Artiaga.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X