V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. (BOE-B-2022-553)
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS FUNERARIOS Y CEMENTERIOS DE MADRID, S.A.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Viernes 7 de enero de 2022
Sec. V-C. Pág. 843
V. Anuncios
C. Anuncios particulares
ANUNCIOS PARTICULARES
553
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS FUNERARIOS Y
CEMENTERIOS DE MADRID, S.A.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios
Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria.
A lo largo del año 2022, se procederá a la exhumación de los cadáveres que se
indican a continuación:
· Inhumados en nichos temporales por 10 años, del Cementerio Municipal de
CARABANCHEL SUR, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio de 2010
y 16 de marzo de 2011.
· Inhumados en nichos de caridad y especiales, del Cementerio Municipal de
CARABANCHEL SUR, durante el año 2011.
En consecuencia, se hace público que, las personas interesadas en la
reclamación de los mencionados cadáveres, que no reciban notificación por
escrito, deberán dirigirse a:
Oficina del Cementerio Sur, Calle Ildefonso González Valencia, 6, 28054
MADRID, donde podrán solicitar información sobre los trámites y la fecha en que
serán exhumados los restos. El hecho de no personarse llevará aparejada la
pérdida de todo derecho a posterior solicitud de servicios para la recuperación de
los restos exhumados.
Se establece un plazo de 30 días, a partir de la fecha de vencimiento de la
concesión, durante el cual podrán retirar cuantos ornamentos se encuentren en las
unidades de enterramiento que habrán de exhumarse, justificando su titularidad.
Transcurrido el plazo señalado, quedará caducado el derecho sobre los mismos.
Madrid, 22 de diciembre de 2021.- Gerente de la Empresa Municipal de
Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A., Fernando Sánchez González.
cve: BOE-B-2022-553
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220000108-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 6
Viernes 7 de enero de 2022
Sec. V-C. Pág. 843
V. Anuncios
C. Anuncios particulares
ANUNCIOS PARTICULARES
553
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS FUNERARIOS Y
CEMENTERIOS DE MADRID, S.A.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Prestación de Servicios
Funerarios y Cementerios y de acuerdo con el Reglamento de Sanidad Mortuoria.
A lo largo del año 2022, se procederá a la exhumación de los cadáveres que se
indican a continuación:
· Inhumados en nichos temporales por 10 años, del Cementerio Municipal de
CARABANCHEL SUR, durante el periodo comprendido entre el 20 de julio de 2010
y 16 de marzo de 2011.
· Inhumados en nichos de caridad y especiales, del Cementerio Municipal de
CARABANCHEL SUR, durante el año 2011.
En consecuencia, se hace público que, las personas interesadas en la
reclamación de los mencionados cadáveres, que no reciban notificación por
escrito, deberán dirigirse a:
Oficina del Cementerio Sur, Calle Ildefonso González Valencia, 6, 28054
MADRID, donde podrán solicitar información sobre los trámites y la fecha en que
serán exhumados los restos. El hecho de no personarse llevará aparejada la
pérdida de todo derecho a posterior solicitud de servicios para la recuperación de
los restos exhumados.
Se establece un plazo de 30 días, a partir de la fecha de vencimiento de la
concesión, durante el cual podrán retirar cuantos ornamentos se encuentren en las
unidades de enterramiento que habrán de exhumarse, justificando su titularidad.
Transcurrido el plazo señalado, quedará caducado el derecho sobre los mismos.
Madrid, 22 de diciembre de 2021.- Gerente de la Empresa Municipal de
Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A., Fernando Sánchez González.
cve: BOE-B-2022-553
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220000108-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X