III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-284)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1256

forma, el Cliente IFI posee un buzón de recepción donde coloca los ficheros recibidos del
servidor y un buzón de envío de donde toma los ficheros que envía al servidor.
– Posee un planificador, por lo que el modo de envío puede ser modo atendido
(requiere la intervención de un usuario) y desatendido (automático). El cliente de
Intercambio de Ficheros posee un planificador que, mientras el usuario mantenga su
conexión con el servidor, se encarga de comprobar de forma periódica si existen ficheros
en el servidor pendientes de recibir o si existen ficheros en el cliente pendientes de
enviar, para transmitir dichos ficheros.
Si su entidad ya está intercambiando información con la Seguridad Social utilizando
como herramienta IFI, recomendamos utilizar esta vía también para este intercambio de
información.
IFIWEB – Intercambio institucional de ficheros vía web
El intercambio de ficheros institucionales vía web (IFIWEB) es una aplicación web
que permite a la Seguridad Social ofrecer a otras administraciones y organismos
públicos determinados intercambios en modo seguro de ficheros necesarios para el
ejercicio de sus funciones.
Sus principales características son:
– Aplicación web accesible a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
– Autenticación y firma tanto con certificados digitales reconocidos en la sede como
con el Sistema Cl@ve. En la Sede de la Seguridad Social está publicado el listado de
certificados admitidos en la Seguridad Social. Para IFIWEB, de esta lista deben
considerarse únicamente los certificados de usuario, persona física o empleado público y
no los de persona jurídica o representante. Con autorizaciones de transferencia
otorgadas por parte de la Seguridad Social.
– Funciona en modo atendido, es decir que para el envío/recepción de ficheros se
requiere la intervención manual de un usuario autorizado.
EDITRAN IP
Dado que se trata de una herramienta comercial, esta herramienta se recomienda
únicamente para aquellas Entidades con las que la Seguridad Social ya tiene
establecidos otros servicios de intercambio de ficheros vía Editran.
Autorización de los servicios de intercambio de información
Como se ha informado anteriormente, existen dos Entornos de TSD (producción y
formación) y por ello existen también dos servicios de comunicación de datos para cada
herramienta disponible.
Para poder enviar información al sistema de información de TSD a cualquiera de
estos entornos es necesaria una autorización previa.
Para obtener esta autorización se requiere enviar al equipo de soporte TSD
(tsd.soporte@seg-social.es) el formulario de alta/baja en servicios de intercambio de
información (solicitud alta/baja en SII.doc) correctamente cumplimentado y firmado por el
responsable o interlocutor en su entidad.
La cumplimentación de los apartados 1 al 4 de este formulario es común a todas las
herramientas. Todos los campos que se solicitan en este formulario son de
cumplimentación obligatoria, y cualquier cambio en el mismo debe ser comunicado por la
misma vía.
Observar que, en el mismo se solicita el código DIR3 de la entidad gestora, y que
esta información necesariamente debe coincidir con el código DIR3 que se informará en
los ficheros que se envíen a TSD.

cve: BOE-A-2022-284
Verificable en https://www.boe.es

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