III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-259)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con Banco Santander, SA, para el establecimiento de una colaboración académica institucional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Miércoles 5 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 1210

de investigación, a mejorar la eficiencia de su gestión académica, a facilitar el acceso a
programas de formación continuada, a reforzar su proyección internacional y, en general,
a elevar la oferta y nivel de servicios culturales y académicos, y de cualquier otro tipo,
prestados a la comunidad universitaria.
II. Que las partes acordaron que el Convenio permanecería vigente hasta el 31 de
diciembre de 2021. Con anterioridad a su finalización inicial, o la finalización de cada una
de sus prórrogas, las partes, mediante acuerdo expreso, podrían prorrogarlo anualmente
hasta un máximo de tres prórrogas.
Se estableció, asimismo, en la cláusula sexta del Convenio, la cuantía de la aportación
económica de Santander a favor de la UIMP en el caso de las sucesivas prórrogas.
III. Que, a la vista de lo anterior, las partes están de acuerdo en prorrogar el
Convenio por el plazo de un año para el ejercicio 2022 haciendo uso de la primera de las
prórrogas previstas en el Convenio.
IV. Que, teniendo en cuenta la experiencia de la ejecución del Convenio
durante 2021, las partes están de acuerdo en modificar para la anualidad
correspondiente a 2022 las fechas en las que se deberá hacer efectivo el pago de la
aportación de Santander a favor de la UIMP y la cuenta para efectuar el mismo, datos
que venían recogidos en la cláusula sexta del Convenio.
A dicho objeto, las partes firman la presente adenda, que se regirá con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga del Convenio.

Para el ejercicio de 2022, las partes acuerdan prorrogar hasta el 31 de diciembre
de 2022 el Convenio firmado el 13 de mayo de 2021 entre las mismas para el
establecimiento de una colaboración académica institucional.
Segunda.

Modificación de las fechas de pago de la aportación de Santander a la UIMP.

Las partes acuerdan modificar las fechas de pago de la aportación de Santander a favor
de la UIMP en 2022, que se abonará en dos pagos por importe de setenta y cinco mil euros
(75.000 €) cada uno, los cuales pasarán a efectuarse en los meses de abril y octubre, en
lugar de en los meses de mayo y noviembre fijados en la cláusula sexta del Convenio.
Igualmente, esta aportación se hará efectiva mediante su ingreso en la cuenta
corriente a nombre de la UIMP con contrato número ES81 0049 5400 42 251618 9811,
en lugar de la cuenta corriente estipulada en el Convenio.
Tercera. Validez de los demás acuerdos del Convenio.
El contenido del Convenio firmado el 13 de mayo de 2021 permanecerá vigente en
todo lo no modificado expresamente mediante esta adenda, que constituye parte
integrante e inseparable del mismo.
Vigencia de la adenda.

Una vez firmada, la presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal. La adenda deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda, en las fechas que
se indican más abajo. Se tomará como referencia de fecha de formalización de la
adenda la de la última firma.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A.,
Carlos Andradas Heranz, 22 de diciembre de 2021.–Por Banco Santander, S.A., Susana
García Espinel, 20 de diciembre de 2021.

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Cuarta.