I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Vivienda. (BOE-A-2022-231)
Corrección de error en la Ley 3/2021, de 10 de noviembre, para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Miércoles 5 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 1102
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
231
Corrección de error en la Ley 3/2021, de 10 de noviembre, para impulsar y
agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda.
Habiéndose detectado un error en la Ley 3/2021, de 10 de noviembre, para impulsar
y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda, publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» número 287, de 1 de diciembre de 2021, se procede a
su rectificación en los términos siguientes:
En la disposición final primera, apartado 15:
Donde dice:
«o) Comunicar a los grandes tenedores de vivienda cualquier cambio en cuanto a
la situación de las viviendas que constan inscritos en el Registro de viviendas
desocupadas fuera del plazo recogido en las disposiciones legales o reglamentarias.»
Debe decir:
«o) Comunicar los grandes tenedores de vivienda cualquier cambio en cuanto a la
situación de las viviendas que constan inscritas en el Registro de viviendas desocupadas
fuera del plazo recogido en las disposiciones legales o reglamentarias.»
cve: BOE-A-2022-231
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 166, de 2 de diciembre de 2021)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 4
Miércoles 5 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 1102
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
231
Corrección de error en la Ley 3/2021, de 10 de noviembre, para impulsar y
agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda.
Habiéndose detectado un error en la Ley 3/2021, de 10 de noviembre, para impulsar
y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda, publicada
en el «Boletín Oficial del Estado» número 287, de 1 de diciembre de 2021, se procede a
su rectificación en los términos siguientes:
En la disposición final primera, apartado 15:
Donde dice:
«o) Comunicar a los grandes tenedores de vivienda cualquier cambio en cuanto a
la situación de las viviendas que constan inscritos en el Registro de viviendas
desocupadas fuera del plazo recogido en las disposiciones legales o reglamentarias.»
Debe decir:
«o) Comunicar los grandes tenedores de vivienda cualquier cambio en cuanto a la
situación de las viviendas que constan inscritas en el Registro de viviendas desocupadas
fuera del plazo recogido en las disposiciones legales o reglamentarias.»
cve: BOE-A-2022-231
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 166, de 2 de diciembre de 2021)
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X