III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-202)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y la Fundación Albéniz, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "30 Aniversario de la Escuela Superior de Música Reina Sofía".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 895
De otra parte, don José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde del Ayuntamiento
de Madrid, en virtud de su elección en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento
de Madrid el 15 de junio de 2019, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la
ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el
ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 14.3 k) de la ley 22/2006,de 4 de
julio.
De otra parte, doña Paloma O’Shea Artiñano, Presidenta de la Fundación Albéniz, tal
y como figura en la escritura pública autorizada el 27 de julio de 2016 por el Notario don
Antonio Huerta Trolez, actuando en representación de la Fundación Albéniz (según
escritura pública autorizada el 22 de septiembre de 2006 por el notario don Pedro De La
Herran Matorras) con CIF.: G-39.067.806 y domicilio en Madrid, Calle Requena 1, y
código postal 28013, inscrita en el registro de Fundaciones.
Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el presente
Convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Por lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto la creación de la Comisión Interadministrativa
del acontecimiento de excepcional interés público «30 Aniversario de la Escuela Superior
de Música Reina Sofía», en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional
cve: BOE-A-2022-202
Verificable en https://www.boe.es
I. Que el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la ley
que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público
regulará la creación de un consorcio o la designación de un órgano administrativo que se
encargue de la ejecución del programa y que certifique la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del mismo, en el que necesariamente estarán
representadas las Administraciones Públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo
caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo necesario el voto favorable de
la representación de dicho Ministerio para la emisión de las citadas certificaciones.
II. Que la disposición adicional septuagésima primera de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, otorga al «30
Aniversario de la Escuela Superior de Música Reina Sofía» la consideración de
acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
III. Que el apartado tres de dicha disposición adicional señala que «La certificación
de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se
efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002», añadiendo en el
apartado cuatro de aquella que «El desarrollo y concreción en planes y programas de
actividades específicas se realizará por el órgano competente de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002».
IV. Que el apartado cinco de la mencionada disposición adicional, a su vez, dispone
que «los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el
artículo 27.3 de la Ley 49/2002».
V. Que, finalmente, el apartado dos de la citada disposición adicional establece que
la duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde la entrada en
vigor de la LPGE para el año 2021, que según su disposición final cuadragésima sexta
se establece en el 1 de enero de 2021, hasta el 31 de agosto de 2023.
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 895
De otra parte, don José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde del Ayuntamiento
de Madrid, en virtud de su elección en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento
de Madrid el 15 de junio de 2019, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la
ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el
ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 14.3 k) de la ley 22/2006,de 4 de
julio.
De otra parte, doña Paloma O’Shea Artiñano, Presidenta de la Fundación Albéniz, tal
y como figura en la escritura pública autorizada el 27 de julio de 2016 por el Notario don
Antonio Huerta Trolez, actuando en representación de la Fundación Albéniz (según
escritura pública autorizada el 22 de septiembre de 2006 por el notario don Pedro De La
Herran Matorras) con CIF.: G-39.067.806 y domicilio en Madrid, Calle Requena 1, y
código postal 28013, inscrita en el registro de Fundaciones.
Reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica suficiente, suscriben el presente
Convenio, y a tal efecto
EXPONEN
Por lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto la creación de la Comisión Interadministrativa
del acontecimiento de excepcional interés público «30 Aniversario de la Escuela Superior
de Música Reina Sofía», en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional
cve: BOE-A-2022-202
Verificable en https://www.boe.es
I. Que el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la ley
que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público
regulará la creación de un consorcio o la designación de un órgano administrativo que se
encargue de la ejecución del programa y que certifique la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del mismo, en el que necesariamente estarán
representadas las Administraciones Públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo
caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo necesario el voto favorable de
la representación de dicho Ministerio para la emisión de las citadas certificaciones.
II. Que la disposición adicional septuagésima primera de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, otorga al «30
Aniversario de la Escuela Superior de Música Reina Sofía» la consideración de
acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
III. Que el apartado tres de dicha disposición adicional señala que «La certificación
de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se
efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002», añadiendo en el
apartado cuatro de aquella que «El desarrollo y concreción en planes y programas de
actividades específicas se realizará por el órgano competente de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002».
IV. Que el apartado cinco de la mencionada disposición adicional, a su vez, dispone
que «los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el
artículo 27.3 de la Ley 49/2002».
V. Que, finalmente, el apartado dos de la citada disposición adicional establece que
la duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde la entrada en
vigor de la LPGE para el año 2021, que según su disposición final cuadragésima sexta
se establece en el 1 de enero de 2021, hasta el 31 de agosto de 2023.