III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-208)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., y el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para el proyecto "Plataforma aérea de investigación", cofinanciada con fondos FEDER.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Decimocuarta.
Sec. III. Pág. 940
Régimen jurídico y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
así como por el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre
disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por
el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1080/2006, y normativa de desarrollo y el
Reglamento 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento en lo que
sea de aplicación.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de
seguimiento. Caso de no ser posible tal acuerdo, tales cuestiones serán resueltas de
conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimoquinta.
Publicidad de las actuaciones.
Las partes firmantes se comprometen a hacer constar la colaboración del CDTI en
todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio. Asimismo, se comprometen a observar estrictamente la
normativa aplicable en materia de publicidad de los Fondos Estructurales que
cofinancian las actuaciones.
Dado que el proyecto está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER), se realizará la mención correspondiente de acuerdo con lo establecido en el
Anexo XII, apartado 2.2) del Reglamento (UE) N.º 1303/2013, así como los artículos 4
y 5 y Capítulo II y Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 821/2014 de 28 de julio
de 2014.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, en dos
ejemplares iguales, en Madrid, a 11 de octubre de 2021.–El Director General del Centro
para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., Francisco Javier Ponce Martínez.–El
Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas»,
José María Salom Piqueres.
cve: BOE-A-2022-208
Verificable en https://www.boe.es
Los anexos a los que se refiere el convenio son objeto de publicación en la web
de CDTI www.cdti.es y en el portal de transparencia.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Decimocuarta.
Sec. III. Pág. 940
Régimen jurídico y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
así como por el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 17 de diciembre de 2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre
disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por
el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1080/2006, y normativa de desarrollo y el
Reglamento 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018
sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento en lo que
sea de aplicación.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos o resolución del contenido del presente convenio se resolverán de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de
seguimiento. Caso de no ser posible tal acuerdo, tales cuestiones serán resueltas de
conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Decimoquinta.
Publicidad de las actuaciones.
Las partes firmantes se comprometen a hacer constar la colaboración del CDTI en
todas las actividades informativas o de promoción en relación con las actuaciones
contempladas en este convenio. Asimismo, se comprometen a observar estrictamente la
normativa aplicable en materia de publicidad de los Fondos Estructurales que
cofinancian las actuaciones.
Dado que el proyecto está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER), se realizará la mención correspondiente de acuerdo con lo establecido en el
Anexo XII, apartado 2.2) del Reglamento (UE) N.º 1303/2013, así como los artículos 4
y 5 y Capítulo II y Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 821/2014 de 28 de julio
de 2014.
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio, en dos
ejemplares iguales, en Madrid, a 11 de octubre de 2021.–El Director General del Centro
para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., Francisco Javier Ponce Martínez.–El
Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas»,
José María Salom Piqueres.
cve: BOE-A-2022-208
Verificable en https://www.boe.es
Los anexos a los que se refiere el convenio son objeto de publicación en la web
de CDTI www.cdti.es y en el portal de transparencia.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X