III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-197)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas, para la realización conjunta de actividades de promoción en la Expo Dubái 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Martes 4 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 866

En caso de no ejecutar todo el presupuesto previsto en las actuaciones mencionadas
previamente, las Partes acordarán en sede de la Comisión de Seguimiento el destino del
excedente, pudiendo destinarse a realizar nuevas acciones complementarias durante la
duración del convenio, o bien procederse a la devolución a las Partes en la parte
proporcional a lo aportado.
5.2

Gastos susceptibles de ser recogidos en la actividad.

Con el importe previsto en el apartado anterior, serán susceptibles de ser financiados
los gastos que pudieran derivarse de la ejecución de las actividades previstas para la
misma, que deberán en todo caso ajustarse a uno de los siguientes conceptos, que han
de ser previamente aprobados por la Comisión de Seguimiento:
– Viajes y alojamientos del equipo de trabajo.
– Gastos derivados de la organización de actividades concretas que hayan sido
específicamente definidas presupuestariamente con anterioridad a la celebración de la
actividad.
– Honorarios consultores especializados que pudieran resultar necesarios para la
consecución del objeto del convenio.
– Equipos técnicos y audiovisuales.
– Audiovisual promocional.
– Otros posibles gastos inherentes a los eventos organizados, cuyo concepto,
descripción e importe deberá ser aprobado previamente por la Comisión de seguimiento,
reunida al efecto.
Sexta. Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento y evaluación, de las actividades relacionadas con el presente
convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por la Fundación FMRE y otros dos (2) designados por ICEX
(en lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento).
Por parte de la Fundación FMRE formará parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona responsable de la Dirección General.
– La persona responsable de la Dirección de Relaciones Institucionales.
Por parte de ICEX, formará parte de la Comisión de Seguimiento:
– La persona responsable de la dirección de Cooperación Institucional y
Empresarial.
– La persona responsable de la dirección adjunta de Relaciones Institucionales y
Coordinación.

– Interpretar el convenio.
– Seguimiento, vigilancia y coordinación de las actuaciones que en virtud del mismo
se desarrollen.
– Resolver las incidencias que puedan derivarse de su ejecución.
– Acordar cómo se van a desarrollar las actividades previstas e informar a las partes
de su evolución.
– Aprobación del presupuesto de las actividades y de los gastos.
– Aprobación de la memoria económica.
– Cuantas otras se le asignen en el clausulado del presente convenio.
La Comisión podrá reunirse, de forma presencial o telemática, cuantas veces lo
solicite cualquiera de las Partes, con una antelación mínima de siete (7) días naturales.
Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros, y de sus

cve: BOE-A-2022-197
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Seguimiento tendrá asignadas las funciones de: