III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-191)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Palamós, por la que se suspende la inscripción de una representación gráfica de finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 790
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
191
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Palamós, por la que se
suspende la inscripción de una representación gráfica de finca.
En el recurso interpuesto por doña M. S. B. D. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Palamós, don Ramiro Subira Pérez, por la que se
suspende la inscripción de una representación gráfica de finca.
Hechos
I
Mediante escritura de manifestación de herencia otorgada el día 30 de abril de 2021 ante
la notaria de Badalona, doña María Fátima Hernández Ravanals, con el número 1.123 de
protocolo, se formalizó la herencia de don L. N. M. en favor de doña M. S. B. D. de una serie
de fincas, solicitándose además la rectificación de cabida de las siguientes fincas: finca
registral 2.889 de Calonge, que según Registro tiene una superficie aproximada de 81 metros
cuadrados y según la certificación catastral descriptiva y gráfica aportada tiene una superficie
de 147 metros cuadrados, que linda, según Registro, a poniente, izquierda entrando, con don
J. A., antes don L. y J. N.; al Este, derecha, con don I. R., hoy don E. N.; a la espalda, Norte,
con doña T. X., sucesora de don J. X., y hoy: por el frente, Sureste, con una calle; por la
derecha, noreste, con finca número de la misma calle, propiedad también del causante; por la
izquierda, Suroeste, con otra finca de la misma calle, propiedad de don A. R. G.; y por el
fondo, Noroeste, con otra finca; y al Sur, frente, calle; finca registral 2.708 de Calonge, según
manifiestan, con una superficie, según Registro de 81 metros cuadrados y según Catastro
de 77 metros cuadrados, que linda: al Este, izquierda, con casa de don N. B. B., hoy calle; a
mediodía, frente, con calle; a Poniente, derecha, con don A. C. R., hoy calle; y a la espalda,
Norte, con don J. X. P., hoy calle; finca registral 2.890 de Calonge, que se describe como un
cuarto de vesana, equivalente a cinco áreas, cuarenta y siete centiáreas de tierra cultiva de
secano, en el que existe un pozo medianero con la finca procedente del mismo caudal, sita
en Calonge, lindante al frente, con calle; a Oriente, con don I. R.; a Mediodía, con don J. M.
V., y a Poniente, con finca de don E. N., mediante dicho pozo medianero, que según Catastro
tiene una superficie de 224 metros cuadrados, siendo sus lindes actuales por su frente,
Noroeste, con calle; por la derecha, suroeste, con finca propiedad de don A. R. G.; por la
izquierda, sureste, con finca propiedad de doña R. M. V. N.; y por el fondo, sureste, con finca
propiedad del Ayuntamiento de Calonge i Sant Antoni.
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Palamós, una
vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Asiento n.º 1907 Diario 71. Entrada 2128
Hechos:
En Escritura 1123/2021 de la Notario de Badalona, Doña María Fátima Hernández
Ravanals se pone de manifiesto la herencia de Don L. N. M., que comprende las
fincas 2889, 2708 y 2890 de este registro.
cve: BOE-A-2022-191
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 3
Martes 4 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 790
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
191
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Palamós, por la que se
suspende la inscripción de una representación gráfica de finca.
En el recurso interpuesto por doña M. S. B. D. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Palamós, don Ramiro Subira Pérez, por la que se
suspende la inscripción de una representación gráfica de finca.
Hechos
I
Mediante escritura de manifestación de herencia otorgada el día 30 de abril de 2021 ante
la notaria de Badalona, doña María Fátima Hernández Ravanals, con el número 1.123 de
protocolo, se formalizó la herencia de don L. N. M. en favor de doña M. S. B. D. de una serie
de fincas, solicitándose además la rectificación de cabida de las siguientes fincas: finca
registral 2.889 de Calonge, que según Registro tiene una superficie aproximada de 81 metros
cuadrados y según la certificación catastral descriptiva y gráfica aportada tiene una superficie
de 147 metros cuadrados, que linda, según Registro, a poniente, izquierda entrando, con don
J. A., antes don L. y J. N.; al Este, derecha, con don I. R., hoy don E. N.; a la espalda, Norte,
con doña T. X., sucesora de don J. X., y hoy: por el frente, Sureste, con una calle; por la
derecha, noreste, con finca número de la misma calle, propiedad también del causante; por la
izquierda, Suroeste, con otra finca de la misma calle, propiedad de don A. R. G.; y por el
fondo, Noroeste, con otra finca; y al Sur, frente, calle; finca registral 2.708 de Calonge, según
manifiestan, con una superficie, según Registro de 81 metros cuadrados y según Catastro
de 77 metros cuadrados, que linda: al Este, izquierda, con casa de don N. B. B., hoy calle; a
mediodía, frente, con calle; a Poniente, derecha, con don A. C. R., hoy calle; y a la espalda,
Norte, con don J. X. P., hoy calle; finca registral 2.890 de Calonge, que se describe como un
cuarto de vesana, equivalente a cinco áreas, cuarenta y siete centiáreas de tierra cultiva de
secano, en el que existe un pozo medianero con la finca procedente del mismo caudal, sita
en Calonge, lindante al frente, con calle; a Oriente, con don I. R.; a Mediodía, con don J. M.
V., y a Poniente, con finca de don E. N., mediante dicho pozo medianero, que según Catastro
tiene una superficie de 224 metros cuadrados, siendo sus lindes actuales por su frente,
Noroeste, con calle; por la derecha, suroeste, con finca propiedad de don A. R. G.; por la
izquierda, sureste, con finca propiedad de doña R. M. V. N.; y por el fondo, sureste, con finca
propiedad del Ayuntamiento de Calonge i Sant Antoni.
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Palamós, una
vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Asiento n.º 1907 Diario 71. Entrada 2128
Hechos:
En Escritura 1123/2021 de la Notario de Badalona, Doña María Fátima Hernández
Ravanals se pone de manifiesto la herencia de Don L. N. M., que comprende las
fincas 2889, 2708 y 2890 de este registro.
cve: BOE-A-2022-191
Verificable en https://www.boe.es
II