III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2022-92)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Global Observatory for Human Rights at Sea.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 434
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
92
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Global Observatory for Human Rights at Sea.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Global Observatory for Human
Rights at Sea.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Oscar Camps Gausachs,
don Gerard Canals Bartolomé y doña Laura Dolores Lanuza Buil según resulta de
escritura otorgada ante el notario de Badalona don Carlos Vázquez Atkinson el 10 de
julio de 2020 con el número 1972 de protocolo subsanada por otra otorgada ante el
mismo notario el 12 de abril de 2021 protocolo 1436.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Vía Augusta, n.º 13-15, Planta 6,
602 de Barcelona CP 08006 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La Fundación tiene por finalidad la defensa, protección y apoyo a los migrantes y
refugiados a causa de flujos migratorios, así como promover la investigación y difusión
de dicha causa a efectos de lograr la concienciación pública.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Oscar Camps Gausachs.
Secretaria: Doña Laura Dolores Lanuza Buil.
Vocal: Don Gerard Canals Bartolomé.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2022-92
Verificable en https://www.boe.es
Don Oscar Camps Gausachs, don Gerard Canals Bartolomé y doña Laura Dolores
Lanuza Buil.
Cargos:
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 434
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
92
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Global Observatory for Human Rights at Sea.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Global Observatory for Human
Rights at Sea.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Oscar Camps Gausachs,
don Gerard Canals Bartolomé y doña Laura Dolores Lanuza Buil según resulta de
escritura otorgada ante el notario de Badalona don Carlos Vázquez Atkinson el 10 de
julio de 2020 con el número 1972 de protocolo subsanada por otra otorgada ante el
mismo notario el 12 de abril de 2021 protocolo 1436.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Vía Augusta, n.º 13-15, Planta 6,
602 de Barcelona CP 08006 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La Fundación tiene por finalidad la defensa, protección y apoyo a los migrantes y
refugiados a causa de flujos migratorios, así como promover la investigación y difusión
de dicha causa a efectos de lograr la concienciación pública.
Quinto. Patronato.
Presidente: Don Oscar Camps Gausachs.
Secretaria: Doña Laura Dolores Lanuza Buil.
Vocal: Don Gerard Canals Bartolomé.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2022-92
Verificable en https://www.boe.es
Don Oscar Camps Gausachs, don Gerard Canals Bartolomé y doña Laura Dolores
Lanuza Buil.
Cargos: