III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2022-120)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 568
Quinto.
Para el año 2022 es necesario incluir la localidad de Quintanar de la Orden (Toledo)
en el anexo I (atención primaria completa) que hasta el año 2021 se encontraba incluida
en el anexo II (atención primaria de urgencias).
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente adenda de
modificación, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se actualizan para 2022 los anexos I, II III y IV del Convenio entre la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la
prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y
demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada
con dichas mutualidades. El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.
Los anexos I, II III y IV actualizados para 2022 son los que se anexan a este
documento.
En el anexo I, se incluye para 2022 la localidad de Quintanar de la Orden (Toledo)
que a su vez se elimina del anexo II.
Los anexos III y IV contienen el coste mensual para el año 2022, calculado en base
el número de mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en cada tipo de
municipio a fecha 1 de mayo de 2021.
Tercera.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido
en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
Cuarta.
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortóns.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Luis Modrego Navarro.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–La Directora Gerente del Servicio de Salud
de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Regina Leal Eizaguirre.
cve: BOE-A-2022-120
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes se comprometen a informar adecuadamente a sus representados del
Acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 568
Quinto.
Para el año 2022 es necesario incluir la localidad de Quintanar de la Orden (Toledo)
en el anexo I (atención primaria completa) que hasta el año 2021 se encontraba incluida
en el anexo II (atención primaria de urgencias).
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente adenda de
modificación, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se actualizan para 2022 los anexos I, II III y IV del Convenio entre la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas,
la Mutualidad General Judicial y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para la
prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y
demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada
con dichas mutualidades. El resto del Convenio permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.
Los anexos I, II III y IV actualizados para 2022 son los que se anexan a este
documento.
En el anexo I, se incluye para 2022 la localidad de Quintanar de la Orden (Toledo)
que a su vez se elimina del anexo II.
Los anexos III y IV contienen el coste mensual para el año 2022, calculado en base
el número de mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en cada tipo de
municipio a fecha 1 de mayo de 2021.
Tercera.
La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes,
y adquirirá eficacia una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido
en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal, debiendo ser publicado en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
Cuarta.
Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortóns.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Luis Modrego Navarro.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–La Directora Gerente del Servicio de Salud
de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Regina Leal Eizaguirre.
cve: BOE-A-2022-120
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes se comprometen a informar adecuadamente a sus representados del
Acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.