III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-125)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda modificativa al Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para el desarrollo de la edición 2021-22 del Programa estatal de circulación de espectáculos de artes escénicas en espacios de las entidades locales ("Platea").
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 610
EXPONEN:
I. Que el INAEM y la FEMP firmaron el 25 de junio de 2021 un convenio para el
desarrollo de la edición 2021-22 del Programa estatal de circulación de espectáculos de
artes escénicas en espacios de las Entidades Locales («Platea»).
II. Que el citado convenio contempla la posibilidad de modificación de sus términos,
lo que requerirá el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la
correspondiente adenda.
III. Que mediante la presente adenda ambas partes unánimemente.
ACUERDAN:
Primera.
Modificación de la cláusula tercera del convenio.
Las partes acuerdan, de conformidad con la cláusula quinta del Convenio, que la
cláusula tercera queda redactada como sigue:
Los gastos derivados de la ejecución del programa Platea que corresponda abonar
al INAEM se financiarán con cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280,
por un importe máximo de 625.000,00 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo
de 2.073.000,00 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado vigentes
en 2021, y, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2022, con
cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280, por un importe máximo
de 853.000,00 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo de 1.549.000,00 euros.
De esta cuantía, un máximo del 1,5 % del presupuesto total de 2021 (40.470,00
euros) y del 1,5 % del presupuesto total de 2022 (36.030,00 euros) podrá destinarse a
cubrir los gastos de las acciones formativas, a la comunicación y la publicación de
conclusiones previstas en la cláusula anterior, así como a la planificación y ejecución de
la evaluación del programa, a través de contratos tramitados de conformidad con la
vigente Ley de Contratos del Sector Público.
La ejecución de las actividades de difusión y seguimiento comprometidas por
la FEMP en virtud del presente Convenio no comportará gastos adicionales para
la FEMP.
Segunda.
Eficacia y validez de la presente Adenda al Convenio de 25 de junio de 2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-125
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda.–En representación del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora General, Amaya de
Miguel Toral.–En representación de la FEMP, el Secretario General, Carlos Daniel
Casares Díaz
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 610
EXPONEN:
I. Que el INAEM y la FEMP firmaron el 25 de junio de 2021 un convenio para el
desarrollo de la edición 2021-22 del Programa estatal de circulación de espectáculos de
artes escénicas en espacios de las Entidades Locales («Platea»).
II. Que el citado convenio contempla la posibilidad de modificación de sus términos,
lo que requerirá el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la
correspondiente adenda.
III. Que mediante la presente adenda ambas partes unánimemente.
ACUERDAN:
Primera.
Modificación de la cláusula tercera del convenio.
Las partes acuerdan, de conformidad con la cláusula quinta del Convenio, que la
cláusula tercera queda redactada como sigue:
Los gastos derivados de la ejecución del programa Platea que corresponda abonar
al INAEM se financiarán con cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280,
por un importe máximo de 625.000,00 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo
de 2.073.000,00 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado vigentes
en 2021, y, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado vigentes en 2022, con
cargo a los conceptos presupuestarios 24.107.335A.280, por un importe máximo
de 853.000,00 euros, y 24.107.335B.280, por un importe máximo de 1.549.000,00 euros.
De esta cuantía, un máximo del 1,5 % del presupuesto total de 2021 (40.470,00
euros) y del 1,5 % del presupuesto total de 2022 (36.030,00 euros) podrá destinarse a
cubrir los gastos de las acciones formativas, a la comunicación y la publicación de
conclusiones previstas en la cláusula anterior, así como a la planificación y ejecución de
la evaluación del programa, a través de contratos tramitados de conformidad con la
vigente Ley de Contratos del Sector Público.
La ejecución de las actividades de difusión y seguimiento comprometidas por
la FEMP en virtud del presente Convenio no comportará gastos adicionales para
la FEMP.
Segunda.
Eficacia y validez de la presente Adenda al Convenio de 25 de junio de 2021.
Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-125
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda.–En representación del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora General, Amaya de
Miguel Toral.–En representación de la FEMP, el Secretario General, Carlos Daniel
Casares Díaz
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X