III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cartas de servicios. (BOE-A-2022-108)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios electrónicos.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 503
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
108
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la actualización de la Carta de Servicios electrónicos.
De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se
establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del
Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través
del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado
informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados,
sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de
calidad en su prestación.
El artículo 11.1 de la citada disposición establece que las cartas de servicios y sus
posteriores actualizaciones serán aprobadas por resolución del Subsecretario del
departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto 951/2005,
de 29 de julio, la Subdirección General de Inspección General de Servicios y Relación
con los Ciudadanos, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, ha propuesto la actualización de la Carta de Servicios Electrónicos
de dicho departamento.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del
Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de fecha 22 de noviembre de 2021, en
relación con esta propuesta de carta de servicios, en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Aprobar la actualización de la Carta de Servicios Electrónicos del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo para el periodo 2021-2024, que tendrá vigencia a partir del
día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.
Madrid, 21 de diciembre de 2021.–El Subsecretario del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, Pablo Garde Lobo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-108
Verificable en https://www.boe.es
La citada carta de servicios deberá estar disponible en la sede electrónica del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos. Asimismo, se remitirá al Punto de acceso general de la Administración
General del Estado (PAG), con el fin de garantizar el acceso a esta información por parte
de los ciudadanos y usuarios.
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 503
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
108
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la actualización de la Carta de Servicios electrónicos.
De acuerdo con el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se
establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del
Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través
del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado
informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados,
sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de
calidad en su prestación.
El artículo 11.1 de la citada disposición establece que las cartas de servicios y sus
posteriores actualizaciones serán aprobadas por resolución del Subsecretario del
departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente.
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto 951/2005,
de 29 de julio, la Subdirección General de Inspección General de Servicios y Relación
con los Ciudadanos, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, ha propuesto la actualización de la Carta de Servicios Electrónicos
de dicho departamento.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del
Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de fecha 22 de noviembre de 2021, en
relación con esta propuesta de carta de servicios, en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Aprobar la actualización de la Carta de Servicios Electrónicos del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo para el periodo 2021-2024, que tendrá vigencia a partir del
día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.
Madrid, 21 de diciembre de 2021.–El Subsecretario del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo, Pablo Garde Lobo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-108
Verificable en https://www.boe.es
La citada carta de servicios deberá estar disponible en la sede electrónica del
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos. Asimismo, se remitirá al Punto de acceso general de la Administración
General del Estado (PAG), con el fin de garantizar el acceso a esta información por parte
de los ciudadanos y usuarios.