V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-342)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura en la que se publica la Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el Estudio Informativo "Autovía A-81: Badajoz-Córdoba-Granada. Tramo: Badajoz-Espiel (Córdoba) y se ordena la incoación del expediente de información pública a los efectos de lo previsto en el artículo 12.6 de Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y del artículo 36 de la Ley 21/2013, de 29 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Clave: EI1-E-164.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. V-B. Pág. 441
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
342
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura
en la que se publica la Resolución de la Dirección General de
Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el Estudio
Informativo "Autovía A-81: Badajoz-Córdoba-Granada. Tramo: BadajozEspiel (Córdoba) y se ordena la incoación del expediente de
información pública a los efectos de lo previsto en el artículo 12.6 de
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y del artículo 36 de la
Ley 21/2013, de 29 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Clave: EI1E-164.
En fecha 10 de diciembre de 2021, el Director General de Carreteras, en uso
de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General
de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, ha
resuelto:
1. Aprobar provisionalmente el estudio informativo "Autovía A-81: BadajozCórdoba-Granada. Tramo: Badajoz-Espiel (Córdoba)", redactado con fecha junio
de 2021, que contiene un estudio de impacto ambiental, seleccionando como
alternativa más recomendable la denominada "Alternativa C2".
2. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura,
se proceda a incoar el expediente de información pública del citado estudio
informativo, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas, en relación:
a. Al artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Las
alegaciones solamente se podrán tener en consideración si versan sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y
sobre la concepción global de su trazado.
b. Al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Todas las alternativas estudiadas en el estudio informativo se someten a
información pública y podrían ser las finalmente seleccionadas tras el
procedimiento de información pública y de evaluación de impacto ambiental.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura:
b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea
publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en uno de los diarios de mayor
circulación en las provincias de Badajoz y Córdoba.
En estos medios se señalarán los lugares de exhibición del expediente, que, en
todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de
medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad
cve: BOE-B-2022-342
Verificable en https://www.boe.es
a. Remita ejemplares del estudio informativo a las Corporaciones Locales
afectadas a efectos de su exposición al público.
Núm. 2
Lunes 3 de enero de 2022
Sec. V-B. Pág. 441
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MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
342
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura
en la que se publica la Resolución de la Dirección General de
Carreteras por la que se aprueba provisionalmente el Estudio
Informativo "Autovía A-81: Badajoz-Córdoba-Granada. Tramo: BadajozEspiel (Córdoba) y se ordena la incoación del expediente de
información pública a los efectos de lo previsto en el artículo 12.6 de
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y del artículo 36 de la
Ley 21/2013, de 29 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Clave: EI1E-164.
En fecha 10 de diciembre de 2021, el Director General de Carreteras, en uso
de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General
de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, ha
resuelto:
1. Aprobar provisionalmente el estudio informativo "Autovía A-81: BadajozCórdoba-Granada. Tramo: Badajoz-Espiel (Córdoba)", redactado con fecha junio
de 2021, que contiene un estudio de impacto ambiental, seleccionando como
alternativa más recomendable la denominada "Alternativa C2".
2. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura,
se proceda a incoar el expediente de información pública del citado estudio
informativo, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las Administraciones Públicas, en relación:
a. Al artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Las
alegaciones solamente se podrán tener en consideración si versan sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y
sobre la concepción global de su trazado.
b. Al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Todas las alternativas estudiadas en el estudio informativo se someten a
información pública y podrían ser las finalmente seleccionadas tras el
procedimiento de información pública y de evaluación de impacto ambiental.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura:
b. Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución sea
publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en uno de los diarios de mayor
circulación en las provincias de Badajoz y Córdoba.
En estos medios se señalarán los lugares de exhibición del expediente, que, en
todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de
medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad
cve: BOE-B-2022-342
Verificable en https://www.boe.es
a. Remita ejemplares del estudio informativo a las Corporaciones Locales
afectadas a efectos de su exposición al público.