III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-53)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con El Corte Inglés, SA, para el apoyo del proyecto Actividades para familias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 251
Tercera. Obligaciones del colaborador.
El Corte Inglés, SA, por el presente Convenio, en su calidad de Colaborador del
Museo del Prado aportará la cantidad de 150.000 euros (Ciento cincuenta mil euros) a
razón de 75.000 euros (Setenta y cinco mil euros) al año.
Dicha aportación se destinará a sufragar el proyecto establecido en la cláusula primera.
La aportación total mencionada se distribuirá en las anualidades y con las cantidades
que se acuerden en la comisión de seguimiento del Convenio.
El ingreso se realizará en la siguiente cuenta corriente abierta a nombre del Museo:
Número de cuenta: 2100 5731 78 0200031882.
Divisa: euros.
IBAN en formato electrónico: ES9221005731780200031882.
IBAN en formato papel: ES92 2100 5731 7802 0003 1882.
El importe de la anualidad, la periodicidad del pago y la correspondiente fecha de
ingreso se acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula
quinta, de común acuerdo entre las partes, cuando las especificidades de las actividades
que se apoyen así lo requieran.
Cuarta.
Obligaciones del Museo Nacional del Prado.
El Museo Nacional del Prado se compromete a aplicar la cantidad aportada a la
actividad o actividades establecidas en la cláusula primera.
Además asume con respecto al colaborador el compromiso de difundir por cualquier
medio la colaboración prestada por aquél en las actividades que desarrolle en
cumplimiento de su finalidad y que motivan este Convenio. En concreto El Corte Inglés,
SA, en su calidad de Colaborador dispondrá de los beneficios establecidos en el anexo.
La difusión de esta colaboración por parte del Museo Nacional del Prado no
constituirá una prestación de servicios.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Se constituye una Comisión mixta de seguimiento del Convenio a la que
corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la
resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste
pudieran derivarse. Igualmente acordará el calendario de pagos y determinará las
actividades específicas en que se concrete el proyecto objeto de colaboración, entre las
que se recogen a continuación:
Conservación y difusión de la colección permanente.
Organización y promoción de exposiciones temporales.
Fomento y difusión de la investigación.
Conservación y accesibilidad de la documentación.
Fomento de la calidad de la visita.
Promoción de la educación y la acción cultural.
Desarrollo y promoción de lo digital.
Mantenimiento, sostenibilidad y mejora de infraestructuras.
La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros
estimen conveniente y estará integrada por dos representantes del Museo del Prado y
dos representantes de El Corte Inglés, SA, designados al efecto por cada parte. Se
regirá por lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De las reuniones se levantará acta con
los acuerdos adoptados.
cve: BOE-A-2022-53
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 251
Tercera. Obligaciones del colaborador.
El Corte Inglés, SA, por el presente Convenio, en su calidad de Colaborador del
Museo del Prado aportará la cantidad de 150.000 euros (Ciento cincuenta mil euros) a
razón de 75.000 euros (Setenta y cinco mil euros) al año.
Dicha aportación se destinará a sufragar el proyecto establecido en la cláusula primera.
La aportación total mencionada se distribuirá en las anualidades y con las cantidades
que se acuerden en la comisión de seguimiento del Convenio.
El ingreso se realizará en la siguiente cuenta corriente abierta a nombre del Museo:
Número de cuenta: 2100 5731 78 0200031882.
Divisa: euros.
IBAN en formato electrónico: ES9221005731780200031882.
IBAN en formato papel: ES92 2100 5731 7802 0003 1882.
El importe de la anualidad, la periodicidad del pago y la correspondiente fecha de
ingreso se acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula
quinta, de común acuerdo entre las partes, cuando las especificidades de las actividades
que se apoyen así lo requieran.
Cuarta.
Obligaciones del Museo Nacional del Prado.
El Museo Nacional del Prado se compromete a aplicar la cantidad aportada a la
actividad o actividades establecidas en la cláusula primera.
Además asume con respecto al colaborador el compromiso de difundir por cualquier
medio la colaboración prestada por aquél en las actividades que desarrolle en
cumplimiento de su finalidad y que motivan este Convenio. En concreto El Corte Inglés,
SA, en su calidad de Colaborador dispondrá de los beneficios establecidos en el anexo.
La difusión de esta colaboración por parte del Museo Nacional del Prado no
constituirá una prestación de servicios.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Se constituye una Comisión mixta de seguimiento del Convenio a la que
corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la
resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste
pudieran derivarse. Igualmente acordará el calendario de pagos y determinará las
actividades específicas en que se concrete el proyecto objeto de colaboración, entre las
que se recogen a continuación:
Conservación y difusión de la colección permanente.
Organización y promoción de exposiciones temporales.
Fomento y difusión de la investigación.
Conservación y accesibilidad de la documentación.
Fomento de la calidad de la visita.
Promoción de la educación y la acción cultural.
Desarrollo y promoción de lo digital.
Mantenimiento, sostenibilidad y mejora de infraestructuras.
La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros
estimen conveniente y estará integrada por dos representantes del Museo del Prado y
dos representantes de El Corte Inglés, SA, designados al efecto por cada parte. Se
regirá por lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De las reuniones se levantará acta con
los acuerdos adoptados.
cve: BOE-A-2022-53
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