III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-51)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Iberia, Líneas Aéreas de España, SA, para el mecenazgo de las actividades culturales del museo.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 241
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.
Duodécima.
Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
12.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
12.2 El presente Convenio se acoge al régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
los incentivos fiscales al mecenazgo, por tratarse de un acuerdo en actividades de
interés general llevado a cabo por dos entidades acogidas a la mencionada Ley.
12.3 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se
resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la
Cláusula décima. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Decimotercera.
Notificaciones.
Cualquier notificación que las partes quieran realizar en relación con el presente
Convenio deberá realizarse por escrito, a las siguientes direcciones:
De IBERIA:
Att.: Juan Cierco.
Director Corporativo.
C/ Martínez Villergas 49, Planta 13 Sur.
28027 Madrid.
Del MNCARS:
Att.:
Dir./Dir.ª de Desarrollo Estratégico, Comercial y Públicos.
C/ Santa Isabel, 52.
28012 Madrid.
Y, en prueba de conformidad, se firma el presente convenio por duplicado y a un solo
efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, el
Director, Manuel Borja-Villel.–Por Iberia, el Director Corporativo, Juan Cierco Jiménez de
Parga.
cve: BOE-A-2022-51
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio está basado en el modelo normalizado informado
favorablemente por Abogacía del Estado con fecha 21 de diciembre de 2018 y
autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda con fecha 15 de
julio de 2019.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 241
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.
Duodécima.
Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
12.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
12.2 El presente Convenio se acoge al régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
los incentivos fiscales al mecenazgo, por tratarse de un acuerdo en actividades de
interés general llevado a cabo por dos entidades acogidas a la mencionada Ley.
12.3 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se
resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la
Cláusula décima. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones
litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Decimotercera.
Notificaciones.
Cualquier notificación que las partes quieran realizar en relación con el presente
Convenio deberá realizarse por escrito, a las siguientes direcciones:
De IBERIA:
Att.: Juan Cierco.
Director Corporativo.
C/ Martínez Villergas 49, Planta 13 Sur.
28027 Madrid.
Del MNCARS:
Att.:
Dir./Dir.ª de Desarrollo Estratégico, Comercial y Públicos.
C/ Santa Isabel, 52.
28012 Madrid.
Y, en prueba de conformidad, se firma el presente convenio por duplicado y a un solo
efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, el
Director, Manuel Borja-Villel.–Por Iberia, el Director Corporativo, Juan Cierco Jiménez de
Parga.
cve: BOE-A-2022-51
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio está basado en el modelo normalizado informado
favorablemente por Abogacía del Estado con fecha 21 de diciembre de 2018 y
autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda con fecha 15 de
julio de 2019.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X