III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-47)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Ribadavia, para la financiación, ejecución y entrega de las obras "Proyecto de renovación de canalizaciones en la zona de San Cristovo de Ribadavia" (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 225
Ayuntamiento de Ribadavia para la financiación, ejecución y entrega de las obras del
«Proyecto de renovación de canalizaciones en la zona de San Cristovo de Ribadavia
(Ourense)», con una duración de cuatro años y un plazo de ejecución previsto para las
anualidades 2021, 2022 y 2023.
II. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a
la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las
aportaciones económicas para la buena marcha y ejecución del Convenio.
III. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda
del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción
del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
IV. Que por todo lo expuesto, procede modificar el convenio original; esta
modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de
financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como
el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la Adenda.
El objeto de la presente Adenda es reajustar el importe de las anualidades previstas
en el anexo I del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Ribadavia para la financiación, ejecución y entrega de las obras del
«Proyecto de renovación de canalizaciones en la zona de San Cristovo de Ribadavia
(Ourense)», otorgado en fecha 30 de abril de 2021.
Segunda.
Modificación del Anexo I Anualidades previstas.
Administración
1.ª anualidad
2.ª anualidad
3.ª anualidad
CHMS, O.A.
5.014,24
569.385,76
22.000,00
630.400,00
Ayuntamiento de Ribadavia.
1.253,56
142.346,44
48.000,00
157.600,00
6.267,80
711.732,20
70.000,00
788.000,00
Total.
Total
Tercera. Eficacia.
Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en
el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de
Ribadavia, Noelia Rodriguez Travieso.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-47
Verificable en https://www.boe.es
La presente adenda modificativa resultará eficaz tras la inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del
artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre; adicionalmente será publicada en el
«Boletín Oficial de Estado».
Núm. 1
Sábado 1 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 225
Ayuntamiento de Ribadavia para la financiación, ejecución y entrega de las obras del
«Proyecto de renovación de canalizaciones en la zona de San Cristovo de Ribadavia
(Ourense)», con una duración de cuatro años y un plazo de ejecución previsto para las
anualidades 2021, 2022 y 2023.
II. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a
la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las
aportaciones económicas para la buena marcha y ejecución del Convenio.
III. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda
del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción
del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
IV. Que por todo lo expuesto, procede modificar el convenio original; esta
modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de
financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como
el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la Adenda.
El objeto de la presente Adenda es reajustar el importe de las anualidades previstas
en el anexo I del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Ribadavia para la financiación, ejecución y entrega de las obras del
«Proyecto de renovación de canalizaciones en la zona de San Cristovo de Ribadavia
(Ourense)», otorgado en fecha 30 de abril de 2021.
Segunda.
Modificación del Anexo I Anualidades previstas.
Administración
1.ª anualidad
2.ª anualidad
3.ª anualidad
CHMS, O.A.
5.014,24
569.385,76
22.000,00
630.400,00
Ayuntamiento de Ribadavia.
1.253,56
142.346,44
48.000,00
157.600,00
6.267,80
711.732,20
70.000,00
788.000,00
Total.
Total
Tercera. Eficacia.
Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en
el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de
Ribadavia, Noelia Rodriguez Travieso.
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La presente adenda modificativa resultará eficaz tras la inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del
artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre; adicionalmente será publicada en el
«Boletín Oficial de Estado».