III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Interés de demora. (BOE-A-2021-21959)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2022.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Viernes 31 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 168093

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
21959

Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General del Tesoro
y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo legal de interés de
demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre
natural del año 2022.

A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la
que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales, en la redacción dada por el artículo 33.Tres de la Ley 11/2013, de 26
de julio, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín
Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, esta Secretaría General del Tesoro
y Financiación Internacional hace público:
1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el
segundo semestre de 2021, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el
día 28 de diciembre, el tipo de interés aplicado ha sido el 0,00 por 100.
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29
de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33.Tres de la Ley 11/2013, el tipo legal
de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2022 es el 8,00
por 100.

cve: BOE-A-2021-21959
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 30 de diciembre de 2021.–El Secretario General del Tesoro y Financiación
Internacional, P.S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Director General del
Tesoro y Política Financiera, Pablo de Ramón-Laca Clausen.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X