III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-21952)
Resolución de 27 de diciembre 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 168069
Segundo.
La cuota inicial provisional de caballa en 2022 para los barcos objeto de esta
Resolución es la suma de las cuotas de las 2 provincias, que supone un total
de 3.742.575,16 kg.
Tercero.
Esta Resolución será de aplicación para la campaña de 2022 hasta 31 de diciembre,
salvo Resolución contraria que establezca un cierre de la pesquería.
Cuarto.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-21952
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de diciembre 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 168069
Segundo.
La cuota inicial provisional de caballa en 2022 para los barcos objeto de esta
Resolución es la suma de las cuotas de las 2 provincias, que supone un total
de 3.742.575,16 kg.
Tercero.
Esta Resolución será de aplicación para la campaña de 2022 hasta 31 de diciembre,
salvo Resolución contraria que establezca un cierre de la pesquería.
Cuarto.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2021-21952
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de diciembre 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X