III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-21942)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167965
13.2. Información medioambiental
En el presente ejercicio no han sido incorporados al inmovilizado material
elementos ni se ha incurrido en gastos ordinarios o extraordinarios cuya finalidad
sea la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del
medio ambiente. Tampoco se ha dotado ni aplicado cantidad alguna que pudiera
cubrir riesgos y gastos correspondientes a actuaciones medioambientales.
De acuerdo con el principio de prudencia, no se ha producido ninguna
contingencia relacionada con la protección y mejora del medio ambiente, incluso
riesgos que deberían transferirse a otras entidades, por lo que no ha sido preciso
en el presente ejercicio dotación alguna a la ¨Provisión para actuación
medioambiental.
La entidad no tiene en su balance ninguna partida denominada “Derechos de
emisión de gases de efecto invernadero” ni ha incurrido en gastos derivados por
este concepto durante el ejercicio. Tampoco ha recibido subvenciones ni tiene
previsiones sobre contratos de futuro relativos a derechos de emisión de gases
de efecto invernadero.
13.3. Información sobre el período medio de pago a proveedores
Período medio de pago
Ejercicio 2020
Ejercicio 2019
Días
60
Días
137
cve: BOE-A-2021-21942
Verificable en https://www.boe.es
A continuación se muestra la información relativa al período de pago a
proveedores requerida por la Disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de
5 de julio (modificada por la Disposición final segunda de la Ley 31/2014 de 3 de
diciembre). La información se presenta de acuerdo a la resolución del ICAC de
29 de enero de 2016 que establece la información a incorporar en las cuentas
anuales en relación al período medio de pago a proveedores en operaciones
comerciales y que establece, entre otros aspectos, el método de cálculo a aplicar,
esto es, el saldo medio de acreedores comerciales/otros gastos de
explotación (servicios exteriores) x 365. Por tanto, y según la información que
consta en el balance de situación y la cuenta de resultados abreviada del ejercicio
2020, el cálculo del período medio de pago a proveedores de dicho ejercicio sería
(8.068,06/48.893,19) X 365 = 60,12 días.
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167965
13.2. Información medioambiental
En el presente ejercicio no han sido incorporados al inmovilizado material
elementos ni se ha incurrido en gastos ordinarios o extraordinarios cuya finalidad
sea la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del
medio ambiente. Tampoco se ha dotado ni aplicado cantidad alguna que pudiera
cubrir riesgos y gastos correspondientes a actuaciones medioambientales.
De acuerdo con el principio de prudencia, no se ha producido ninguna
contingencia relacionada con la protección y mejora del medio ambiente, incluso
riesgos que deberían transferirse a otras entidades, por lo que no ha sido preciso
en el presente ejercicio dotación alguna a la ¨Provisión para actuación
medioambiental.
La entidad no tiene en su balance ninguna partida denominada “Derechos de
emisión de gases de efecto invernadero” ni ha incurrido en gastos derivados por
este concepto durante el ejercicio. Tampoco ha recibido subvenciones ni tiene
previsiones sobre contratos de futuro relativos a derechos de emisión de gases
de efecto invernadero.
13.3. Información sobre el período medio de pago a proveedores
Período medio de pago
Ejercicio 2020
Ejercicio 2019
Días
60
Días
137
cve: BOE-A-2021-21942
Verificable en https://www.boe.es
A continuación se muestra la información relativa al período de pago a
proveedores requerida por la Disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de
5 de julio (modificada por la Disposición final segunda de la Ley 31/2014 de 3 de
diciembre). La información se presenta de acuerdo a la resolución del ICAC de
29 de enero de 2016 que establece la información a incorporar en las cuentas
anuales en relación al período medio de pago a proveedores en operaciones
comerciales y que establece, entre otros aspectos, el método de cálculo a aplicar,
esto es, el saldo medio de acreedores comerciales/otros gastos de
explotación (servicios exteriores) x 365. Por tanto, y según la información que
consta en el balance de situación y la cuenta de resultados abreviada del ejercicio
2020, el cálculo del período medio de pago a proveedores de dicho ejercicio sería
(8.068,06/48.893,19) X 365 = 60,12 días.