III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2021-21943)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela, por la que se publica el Convenio con la Diputación de Albacete, para la puesta a disposición de aplicativos y herramientas que integran la plataforma Sedipualba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de diciembre de 2021
Desarrollo aplicaciones Sedipualba
Costes de personal.
Gastos Generales del Servicio.
Coste
50.000,00
Sec. III. Pág. 167981
Imputación
Activable
6
300.000,00
114.000,00 0,3201708
36.499,47
830.275,78
Por otra parte, se estima que el coste total a repercutir seria el correspondiente a la
amortización de la inversión realizada en un periodo de cinco años. En este sentido
optaríamos para 2018 por un coste a amortizar de 166.055,16 euros.
Para los sucesivos años N, utilizaríamos la siguiente formula:
Coste a amortizar año N =∑ Coste imputable (N-1…...N-5)
Coste a repercutir N = 0,20 X Coste a amortizar año N
A partir del modelo de costes se propone un modelo de contraprestación que lo
alinee con la tipología de los servicios.
La citada Guía señala que el modelo por excelencia de los servicios en la nube es el
pago por consumo, indicándose como métricas más utilizadas el número de usuarios y el
volumen de almacenamiento.
Para esta segunda variable (volumen de almacenamiento) se estima adecuado la
utilización un valor de referencia constituida por el coste que en cada momento hubiera
establecido la Administración General del Estado en relación al almacenamiento de
expedientes electrónicos en ARCHIVE 3.000 euros anuales por Terabyte, con un mínimo
de 500 euros año por sede electrónica.
Respecto a la distribución por número de usuarios entendemos que la división del
coste a amortizar por el número de usuarios daría lugar a un coste por usuario que sería
el aplicado a cada entidad.
Dicho cálculo se haría a principio de cada año y se mantendría el coste por usuario
fijo durante todo el ejercicio.
Respecto al arranque y puesta a disposición de cada sede electrónica se estima
como coste fijo el equivalente al coste de diez horas de diseñador de aplicaciones
informáticas
En relación con las actividades formativas o de asistencias puntuales, se ha optado
por determinar su coste en virtud de un coeficiente de valor 2 a aplicar sobre el coste
hora del personal técnico de la Diputación que desarrolle las actuaciones, entendiendo la
existencia de un coste directo concreto y un coste de oportunidad por las tareas que
dejan de realizarse.
La resolución de incidencias vía CAU, cuando exceden del número que se determine
en el Convenio, se calcularán según coste de media hora del coste del personal
diseñador de aplicaciones informáticas (A2).
Con los datos a la fecha y sin incorporaciones de usuarios externos los cálculos del
Coste Unitario fijo, a espera de la Liquidación del Presupuesto de 2017 estarían
estimados según el siguiente detalle:
Coste a
repercutir
–
Euros
Usuarios
Coste
unitario
–
Euros
166.055,16
3056
54,34
cve: BOE-A-2021-21943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Viernes 31 de diciembre de 2021
Desarrollo aplicaciones Sedipualba
Costes de personal.
Gastos Generales del Servicio.
Coste
50.000,00
Sec. III. Pág. 167981
Imputación
Activable
6
300.000,00
114.000,00 0,3201708
36.499,47
830.275,78
Por otra parte, se estima que el coste total a repercutir seria el correspondiente a la
amortización de la inversión realizada en un periodo de cinco años. En este sentido
optaríamos para 2018 por un coste a amortizar de 166.055,16 euros.
Para los sucesivos años N, utilizaríamos la siguiente formula:
Coste a amortizar año N =∑ Coste imputable (N-1…...N-5)
Coste a repercutir N = 0,20 X Coste a amortizar año N
A partir del modelo de costes se propone un modelo de contraprestación que lo
alinee con la tipología de los servicios.
La citada Guía señala que el modelo por excelencia de los servicios en la nube es el
pago por consumo, indicándose como métricas más utilizadas el número de usuarios y el
volumen de almacenamiento.
Para esta segunda variable (volumen de almacenamiento) se estima adecuado la
utilización un valor de referencia constituida por el coste que en cada momento hubiera
establecido la Administración General del Estado en relación al almacenamiento de
expedientes electrónicos en ARCHIVE 3.000 euros anuales por Terabyte, con un mínimo
de 500 euros año por sede electrónica.
Respecto a la distribución por número de usuarios entendemos que la división del
coste a amortizar por el número de usuarios daría lugar a un coste por usuario que sería
el aplicado a cada entidad.
Dicho cálculo se haría a principio de cada año y se mantendría el coste por usuario
fijo durante todo el ejercicio.
Respecto al arranque y puesta a disposición de cada sede electrónica se estima
como coste fijo el equivalente al coste de diez horas de diseñador de aplicaciones
informáticas
En relación con las actividades formativas o de asistencias puntuales, se ha optado
por determinar su coste en virtud de un coeficiente de valor 2 a aplicar sobre el coste
hora del personal técnico de la Diputación que desarrolle las actuaciones, entendiendo la
existencia de un coste directo concreto y un coste de oportunidad por las tareas que
dejan de realizarse.
La resolución de incidencias vía CAU, cuando exceden del número que se determine
en el Convenio, se calcularán según coste de media hora del coste del personal
diseñador de aplicaciones informáticas (A2).
Con los datos a la fecha y sin incorporaciones de usuarios externos los cálculos del
Coste Unitario fijo, a espera de la Liquidación del Presupuesto de 2017 estarían
estimados según el siguiente detalle:
Coste a
repercutir
–
Euros
Usuarios
Coste
unitario
–
Euros
166.055,16
3056
54,34
cve: BOE-A-2021-21943
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314