III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2021-21947)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cataluña el 28 de julio de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Viernes 31 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 168052

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
21947

Resolución de 17 de diciembre de 2021, del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de
16 de noviembre de 2021, por el que se aprueba la terminación del
procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del
Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de
Cataluña el 28 de julio de 2021.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de noviembre de 2021, ha
aprobado, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por
el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades
por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma
de Cataluña, el 28 de julio de 2021.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 17 de diciembre de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía
Agraria, Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad Autónoma de Cataluña el 28 de julio de 2021

De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
pagador de la Comunidad Autónoma de Cataluña, como competente en la gestión y
control de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional
quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la
liquidación realizada sobre la deuda contraída de dieciocho mil novecientos noventa y
nueve euros con veinticinco céntimos (18.999,25 €) con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía (FEAGA), y ciento sesenta y ocho euros con setenta y cinco
céntimos (168,75 €) con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER).
Segundo.
Dicha deuda atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de
Cataluña, ha sido extinguida al haber efectuado un abono en la cuenta habilitada del
Banco de España, por el importe de 18.999,25 € adeudado con fecha 4 de octubre
de 2021 para el FEGA y 168,75 € en la misma fecha para el FEADER, por lo que se
acuerda admitir dicho abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y, no

cve: BOE-A-2021-21947
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Primero.