III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-21835)
Resolución 420/38459/2021, de 21 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Veterinarios de España, para el desarrollo de actividades formativas y de investigación e intercambio de conocimientos y experiencia en el ámbito de las ciencias veterinarias y la profesión veterinaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

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sus fines y las funciones que le corresponden, que se rige, en desarrollo de lo dispuesto en
el artículo 36 de la Constitución, por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios
Profesionales, y por lo dispuesto en los Estatutos Generales de la Organización Colegial
Veterinaria Española, aprobados por el Real Decreto 126/2013, de 22 de febrero.
Que el Consejo General de Colegios Veterinarios de España tiene entre sus fines la
ordenación, en el ámbito de su competencia, de la profesión veterinaria; la defensa de
los intereses profesionales, su dignidad y prestigio; la salvaguarda y observancia de los
principios deontológicos, así como la promoción de la constante mejora de los niveles
científico, cultural, económico y social de los colegiados.
Mantiene colaboración con los poderes públicos en la consecución de la salud de las
personas y animales, mejora de la ganadería española y la más eficiente, justa y equitativa
regulación y ordenación del sector ganadero y alimentario desde la fase de producción al
consumo, así como la atención al medio ambiente y protección de los consumidores.
Segundo.
Que el Real Decreto 372/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, en su artículo 14.1, atribuye a la
Inspección General de Sanidad de la Defensa la planificación y desarrollo de la política
sanitaria militar y en el artículo 14.2.c) establece que le corresponde coordinar y, en su
caso aportar, con los Ejércitos y la Armada, el apoyo farmacéutico, veterinario,
odontológico y psicológico.
Que el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas,
aprobado por Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, en su anexo IV, punto 3. Cuerpo
Militar de Sanidad, Veterinaria, establece que:
«Los militares con esta especialidad desarrollan actividades de dirección de los
órganos e instalaciones veterinarias, inspección de alimentos, medicina preventiva
veterinaria, asistencia facultativa a animales de interés militar, asesoramiento en la
selección, producción, compra, conservación y enajenación de animales de interés
militar así como protección sanitaria en ambiente nuclear, biológico y químico».
Tercero.
Que según se dispone en la Instrucción 2/2013, de 15 de enero, de la Subsecretaría
de Defensa, por la que se asignan funciones y cometidos en el ámbito de la Inspección
General de Sanidad de la Defensa y se describe su estructura orgánica, la
Subinspección General de Apoyo Veterinario, bajo la dependencia directa del Inspector
General de Sanidad de la Defensa, tiene, entre otras, las funciones de elaborar estudios
y propuestas de interés veterinario, o proponer y elaborar los convenios en materia
sanitaria de su competencia. De dicha Subinspección General de Apoyo Veterinario
depende, orgánicamente, el Centro Militar de Veterinaria de la Defensa.

Que existe una evidente sinergia entre las funciones del Ministerio de Defensa y los
fines del Consejo General de Colegios Oficiales de Veterinarios de España, y que el
Ministerio de Defensa cuenta con la estructura adecuada para establecer la colaboración
que materialice esta sinergia.
Quinto.
Que ambas instituciones, en cumplimiento y desarrollo de sus fines propios, están
interesadas en suscribir convenios que promocionen y den a conocer los fines que
buscan como entidades y tienen la intención de estrechar lazos de colaboración en
iniciativas e intereses comunes para el mejor aprovechamiento de sus recursos,
capacidades y experiencias en el ámbito veterinario.

cve: BOE-A-2021-21835
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.