II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-21811)
Resolución 400/38466/2021, de 22 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 167083
9.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que
les asesoren, designados previamente por el Presidente, para todas o algunas de las
pruebas del proceso selectivo. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección
exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
9.8 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas
de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo, para el año 2021, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de
julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un
ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria,
aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente en las
actas del Tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las
puntuaciones otorgadas a los opositores por cada uno de los criterios establecidos para
los ejercicios de la convocatoria.
10.
Relaciones con la ciudadanía
10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede
en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel
General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014 - Madrid, dirección de correo
electrónico pcsubdigperar@mde.es, teléfono 91 3795074 y número de fax 91 3795381.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación previstos en estas bases.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios, así como en la
página web http://administracion.gob.es.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del
aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
Certificado de servicios para la fase de concurso y publicación de valoración de
méritos
11.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado,
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación a valorar
en la fase de concurso.
Para la valoración de los méritos profesionales deberán aportar certificación
expedida por los servicios de personal de los Centros de trabajo u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como
Anexo V. Cuando se trate de servicios ajenos a las Administraciones del Estado, en todo
caso la certificación a aportar, expedida por el cargo competente en el modelo de que se
trate, deberá acreditar, de forma fehaciente, tanto el tiempo de servicios prestado como
las tareas desarrolladas durante el mismo.
Los demás méritos a valorar se acreditarán mediante copia autenticada.
11.2 Para la valoración como «méritos profesionales» de los años de servicios
como militar profesional, se deberá acreditar que los servicios prestados, aptitudes, o
titulaciones, adquiridas como militar, guardan relación con las funciones
correspondientes a la plaza a la que se opta, de acuerdo con la normativa vigente en
materia de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y
del Ejército del Aire se expedirá certificación a los interesados, relativa al cumplimiento
de estos requisitos, conforme al Anexo V de esta convocatoria. En este certificado se
reflejará, en el apartado A) del anexo la especialidad o, en su caso, especialidades
militares profesionales en las que se han prestado dichos servicios y los tiempos.
cve: BOE-A-2021-21811
Verificable en https://www.boe.es
11.
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 167083
9.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que
les asesoren, designados previamente por el Presidente, para todas o algunas de las
pruebas del proceso selectivo. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección
exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
9.8 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas
de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo, para el año 2021, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de
julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un
ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria,
aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente en las
actas del Tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las
puntuaciones otorgadas a los opositores por cada uno de los criterios establecidos para
los ejercicios de la convocatoria.
10.
Relaciones con la ciudadanía
10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede
en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel
General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014 - Madrid, dirección de correo
electrónico pcsubdigperar@mde.es, teléfono 91 3795074 y número de fax 91 3795381.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación previstos en estas bases.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios, así como en la
página web http://administracion.gob.es.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del
aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
Certificado de servicios para la fase de concurso y publicación de valoración de
méritos
11.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado,
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación a valorar
en la fase de concurso.
Para la valoración de los méritos profesionales deberán aportar certificación
expedida por los servicios de personal de los Centros de trabajo u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como
Anexo V. Cuando se trate de servicios ajenos a las Administraciones del Estado, en todo
caso la certificación a aportar, expedida por el cargo competente en el modelo de que se
trate, deberá acreditar, de forma fehaciente, tanto el tiempo de servicios prestado como
las tareas desarrolladas durante el mismo.
Los demás méritos a valorar se acreditarán mediante copia autenticada.
11.2 Para la valoración como «méritos profesionales» de los años de servicios
como militar profesional, se deberá acreditar que los servicios prestados, aptitudes, o
titulaciones, adquiridas como militar, guardan relación con las funciones
correspondientes a la plaza a la que se opta, de acuerdo con la normativa vigente en
materia de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y
del Ejército del Aire se expedirá certificación a los interesados, relativa al cumplimiento
de estos requisitos, conforme al Anexo V de esta convocatoria. En este certificado se
reflejará, en el apartado A) del anexo la especialidad o, en su caso, especialidades
militares profesionales en las que se han prestado dichos servicios y los tiempos.
cve: BOE-A-2021-21811
Verificable en https://www.boe.es
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