II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-21810)
Resolución 400/38465/2021, de 21 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 167061

9.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
9.6 Si en cualquier momento del procedimiento, el tribunal tuviera conocimiento de
que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
El tribunal además propondrá al órgano convocante la exclusión de los candidatos que, a
la vista de la certificación aportada para la valoración de sus méritos, no reúnan los
requisitos para participar por este turno.
9.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas que
les asesoren, designados previamente por el Presidente del mismo, para todas o
algunas de las pruebas del proceso selectivo. Dichos asesores colaborarán con el
órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
9.8 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas
de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo público y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el
caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en
desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se
difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente en las actas del
Tribunal deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones
otorgadas a los opositores por cada uno de los criterios establecidos para los ejercicios
de la convocatoria.
10.

Relaciones con la ciudadanía

10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede
en la Sección de Personal Civil de la Subdirección de Gestión de Personal del Cuartel
General de la Armada, C/ Juan de Mena, número 1, 28014 - Madrid, dirección de correo
electrónico pcsubdigperar@mde.es, teléfono 91 3795074 y número de fax 91 3795381.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación previstos en estas bases.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Defensa http://defensa.gob.es/portalservicios, así como en la
página web http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del
aspirante con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes pruebas.
Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso y publicación de
valoración de méritos

11.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado
dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y
méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo,
Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo
previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. Este
certificado de requisitos y méritos se incluye como Anexo V. Asimismo se acompañará la
documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de concurso, que se
acreditarán mediante copia autenticada.
11.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de
pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo
C1 que se detallan en la base específica 6.1.1, con los requisitos que en ella se indican,

cve: BOE-A-2021-21810
Verificable en https://www.boe.es

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