III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-21851)
Resolución de 27 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desarrollo de proyectos piloto dirigidos a jóvenes, mediante actuaciones dentro de los proyectos de "Colectivos especialmente vulnerables" y de los proyectos de "Emprendimiento y microempresas" incluidos en la Inversión 4, "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167416
El pago de los fondos en la forma indicada, no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 42.2 del Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Autónoma del País Vasco en el ejercicio 2021,
tanto para los fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como
los no financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos acordados en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad con lo
establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Autónoma del País Vasco
podrá utilizar los fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal para la
ejecución de programas y servicios de políticas activas de empleo para completar
adicionalmente y reforzar en su caso los fondos objeto de este Convenio. Deberá
quedar, en tal caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Cuarta.
Compromisos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la Viceconsejería de Trabajo y
Empleo del Gobierno Vasco, aprobará el plan que recoja las actuaciones concretas a
realizar para el desarrollo de los proyectos «Colectivos especialmente vulnerables» y
«Emprendimiento y microempresas» a las cuales se destinarán los fondos del Servicio
Público Estatal recogidos en la cláusula anterior, pudiendo utilizar para su ejecución,
además de la aprobación de programas de ayudas públicas, la convocatoria y concesión
de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de gestión directa, y cualquier otra
fórmula de actuación por parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco admitida en
derecho y que tenga por objeto alguna de las siguientes actuaciones:
Colectivos especialmente vulnerables: Nuevos proyectos territoriales que abordarán
la promoción de proyectos integrados de inserción para fomentar la contratación de
jóvenes vulnerables en coordinación con los Servicios Sociales, proyectos de inserción
laboral en el ámbito local, proyectos de apoyo a la autonomía de las personas jóvenes
con discapacidad y empleo de asistentes, proyectos de emprendimiento y empleo
colectivo, y en general proyectos de empleo para el reequilibrio territorial y la equidad de
jóvenes especialmente vulnerables.
Acciones de orientación y acompañamiento.
Acciones de formación conforme al itinerario.
Participación en programas de orientación, atención por parte de equipos de
búsqueda de empleo.
Becas de formación.
Becas para la conciliación.
Ayudas a la contratación laboral.
Seguimiento de las actuaciones.
Estos proyectos piloto estarán relacionados con las actuaciones previstas en el Plan
Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes, aprobado
por Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021.
El coste por persona atendida que haya completado el proceso de atención objeto de
subvención será de 6.000 euros máximo.
cve: BOE-A-2021-21851
Verificable en https://www.boe.es
Entre las acciones posibles que podrán integrar los proyectos se encuentran las
siguientes:
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167416
El pago de los fondos en la forma indicada, no exigirá la constitución de garantías por
parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 42.2 del Reglamento de la Ley General Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
La subvención prevista en este apartado resultará adicional a las distribuciones de
fondos que se realicen para la Comunidad Autónoma del País Vasco en el ejercicio 2021,
tanto para los fondos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia como
los no financiados con cargo al mismo, según los criterios objetivos acordados en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de conformidad con lo
establecido en los artículos 21, del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, de créditos de subvenciones gestionadas por las
Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas de ejecución de
las políticas activas de empleo. No obstante, la Comunidad Autónoma del País Vasco
podrá utilizar los fondos asignados por el Servicio Público de Empleo Estatal para la
ejecución de programas y servicios de políticas activas de empleo para completar
adicionalmente y reforzar en su caso los fondos objeto de este Convenio. Deberá
quedar, en tal caso, identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
Cuarta.
Compromisos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de la Viceconsejería de Trabajo y
Empleo del Gobierno Vasco, aprobará el plan que recoja las actuaciones concretas a
realizar para el desarrollo de los proyectos «Colectivos especialmente vulnerables» y
«Emprendimiento y microempresas» a las cuales se destinarán los fondos del Servicio
Público Estatal recogidos en la cláusula anterior, pudiendo utilizar para su ejecución,
además de la aprobación de programas de ayudas públicas, la convocatoria y concesión
de subvenciones públicas, el desarrollo de programas de gestión directa, y cualquier otra
fórmula de actuación por parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco admitida en
derecho y que tenga por objeto alguna de las siguientes actuaciones:
Colectivos especialmente vulnerables: Nuevos proyectos territoriales que abordarán
la promoción de proyectos integrados de inserción para fomentar la contratación de
jóvenes vulnerables en coordinación con los Servicios Sociales, proyectos de inserción
laboral en el ámbito local, proyectos de apoyo a la autonomía de las personas jóvenes
con discapacidad y empleo de asistentes, proyectos de emprendimiento y empleo
colectivo, y en general proyectos de empleo para el reequilibrio territorial y la equidad de
jóvenes especialmente vulnerables.
Acciones de orientación y acompañamiento.
Acciones de formación conforme al itinerario.
Participación en programas de orientación, atención por parte de equipos de
búsqueda de empleo.
Becas de formación.
Becas para la conciliación.
Ayudas a la contratación laboral.
Seguimiento de las actuaciones.
Estos proyectos piloto estarán relacionados con las actuaciones previstas en el Plan
Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes, aprobado
por Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021.
El coste por persona atendida que haya completado el proceso de atención objeto de
subvención será de 6.000 euros máximo.
cve: BOE-A-2021-21851
Verificable en https://www.boe.es
Entre las acciones posibles que podrán integrar los proyectos se encuentran las
siguientes: