III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-21854)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Asociaciones de Escuelas de Español para Extranjeros, como entidad colaboradora de ICEX en la gestión de las ayudas relativas a la promoción de la internacionalización de la empresa española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167458
Decimoséptima.
Las controversias que pudieran surgir entre las Partes, en el ámbito de este
Convenio, serán resueltas de común acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento
mencionada en la cláusula decimotercera anterior. En caso de no ser posible su
resolución de forma amistosa, serán competentes los Juzgados y Tribunales de la ciudad
de Madrid del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Decimoctava.
El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de
diciembre de 2024 con posibilidad de prórroga expresa por mutuo acuerdo hasta un
máximo de dos años.
El Convenio se perfecciona en el momento de su firma, y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de
su publicación también en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización.
cve: BOE-A-2021-21854
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente Convenio, en la fecha indicada al principio del convenio,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada,
María Peña Mateos.–Por la Federación Española de Asociaciones de Escuelas de
Español para extranjeros, la Directora Gerente, Begoña Llovet Barquero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 313
Jueves 30 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 167458
Decimoséptima.
Las controversias que pudieran surgir entre las Partes, en el ámbito de este
Convenio, serán resueltas de común acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento
mencionada en la cláusula decimotercera anterior. En caso de no ser posible su
resolución de forma amistosa, serán competentes los Juzgados y Tribunales de la ciudad
de Madrid del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Decimoctava.
El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de
diciembre de 2024 con posibilidad de prórroga expresa por mutuo acuerdo hasta un
máximo de dos años.
El Convenio se perfecciona en el momento de su firma, y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de
su publicación también en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización.
cve: BOE-A-2021-21854
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente Convenio, en la fecha indicada al principio del convenio,
tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último
firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada,
María Peña Mateos.–Por la Federación Española de Asociaciones de Escuelas de
Español para extranjeros, la Directora Gerente, Begoña Llovet Barquero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X