III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-21875)
Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Referencia para la Atención a Personas con Grave Discapacidad y para la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en San Andrés de Rabanedo (León) y el Centro Educativo IES San Andrés en Villabalter (León), para el desarrollo del módulo profesional de formación y de prácticas formativas en centros de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Jueves 30 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 167666

la Dirección Provincial de Educación de León por el que le nombra directora del IES
San Andrés.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las facultades
que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que representan:

Que el Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se adscribe a
dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad
gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica
y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, con discapacidad y en situación de dependencia, como también el
establecimiento y gestión de centros de atención especializada o de aquellos a los que
se les atribuyan objetivos especiales de investigación y ámbito de actuación estatal.
Que el artículo 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, configura,
dentro de la red de centros para la autonomía y atención a la dependencia a los centros
de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y
cuidado de situaciones de dependencia.
Que la Orden TAS/3460/2007, de 28 de noviembre, crea y regula el Centro de Referencia
Estatal para la Atención a Personas con Grave Discapacidad y para la Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en San Andrés del Rabanedo (León),
adscrito al Imserso y ubicado en calle Limonar de Cuba, s/n, de San Andrés del Rabanedo
(León) configurándolo como un centro especializado y avanzado en investigación, innovación,
información y documentación sobre personas con grave discapacidad física, psíquica o
sensorial en riesgo o situación de dependencia y en su atención personal, habilitación o
rehabilitación, formación e integración psicosocial y estableciendo sus fines.
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 2,
entre sus fines, la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.
A su vez, el artículo 42.2 determina que el currículo de las enseñanzas de formación
profesional incluirá una fase de formación práctica en los centros de trabajo, de la que
podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda
con los estudios profesionales cursados. Que el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio,
por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema
educativo, regula los módulos profesionales.
Conforme a lo establecido en la normativa vigente emitida por la Dirección General
de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, ambas partes,
considerando que tienen objetivos complementarios para sus fines institucionales,
formalizan el presente Convenio para el desarrollo de un programa de formación en
centros de trabajo, dirigido a los alumnos que cursan formación profesional reglada, con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y finalidad.

El objeto del Convenio es el desarrollo del módulo profesional Formación en Centros
de Trabajo del Ciclo Formativo de Grado Medio Sistemas Microinformáticos y Redes en

cve: BOE-A-2021-21875
Verificable en https://www.boe.es

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