III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-21783)
Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166824
TIPOS DE ACCIONES DISPONIBLES EN SITUACIONES SUBJETIVAS.
Una vez descrito y formato del fichero de situaciones subjetivas y validaciones básicas, procedemos a explicar las acciones disponibles que, a través del fichero, las entidades externas
podrán remitir al INSS.
El campo CODIGO DE ACTUACION indicará qué operación se pretende aplicar con el registro (situación subjetiva) remitido. Sus posibles valores son:
– 21: Alta de situación subjetiva. Alta de una nueva situación subjetiva para una persona, dentro del sistema de Tarjeta Social Digital
– 22: Modificación de situación subjetiva. Modificación de datos de una situación subjetiva existente (previamente cargada) en el sistema de Tarjeta Social Digital
– 23: Borrado de situación subjetiva. Borrado físico de una situación subjetiva. Se utilizará esta acción para corregir errores y borrar situaciones subjetivas previamente remitidas al sistema de Tarjeta Social Digital.
– 25: Cambio de identificador de persona. Cambio en el identificador de una persona
existente en el sistema de tarjeta social digital. Uso típico de campo de tipo de IPF de
6 (extranjero) a 1 (nacional).
– 26: Variación de datos personales. Variación de datos personales de persona existente en el sistema de tarjeta social digital.
Dado que la carga inicial (o masiva) de situaciones subjetivas es un proceso muy costoso
que pretende agilizar la carga de una gran cantidad de información en el sistema, únicamente permitirá acciones de tipo Alta de situación subjetiva (21).
Por el contrario, el proceso de carga diaria permite utilizar todas las acciones que aquí se
detallan.
Alta de situación subjetiva.
Se utilizará para dar de alta una nueva situación subjetiva a una persona. Se aportará por el
proveedor la información referente a los datos personales, el domicilio de residencia, el tipo
de situación subjetiva y todos los valores de los atributos asociados a dicha situación.
–
Si la persona asociada ya se encuentra en el sistema (mismo IDENTIFICADOR) no se le
dará de alta. Se asociará a la persona encontrada la nueva situación subjetiva siempre y
cuando se detecte que se trata de la misma persona. Para ello se aplicará el algoritmo de
coincidencia del 80% de los datos personales (nombre y apellidos). En el caso de que, aun
siendo un identificador encontrado, no coincidan los datos personales (menos del 80% de
similitud) se devolverá error de identificación.
–
La situación subjetiva se identificará en el sistema en base al tipo de situación y al identificador de la persona perceptora. En el caso de que la situación subjetiva que se pretende
dar de alta ya se encontrase asociada a esa misma persona se devolverá un error (una
misma persona no puede estar asociada varias veces la misma situación subjetiva).
– No se admitirán movimientos de alta de prestación asociados a un identificador de persona
que previamente haya sido modificado a través de un movimiento de CAMBIO DE IDENTI-
cve: BOE-A-2021-21783
Verificable en https://www.boe.es
Validaciones a aplicar.
– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de Alta de Situación Subjetiva
vienen detallados en la tabla del apartado 6.2.4.
– Si la persona que se recibe asociada a la situación subjetiva no se encuentra en TSD, se
procederá con su alta.
Núm. 312
Miércoles 29 de diciembre de 2021
Sec. III. Pág. 166824
TIPOS DE ACCIONES DISPONIBLES EN SITUACIONES SUBJETIVAS.
Una vez descrito y formato del fichero de situaciones subjetivas y validaciones básicas, procedemos a explicar las acciones disponibles que, a través del fichero, las entidades externas
podrán remitir al INSS.
El campo CODIGO DE ACTUACION indicará qué operación se pretende aplicar con el registro (situación subjetiva) remitido. Sus posibles valores son:
– 21: Alta de situación subjetiva. Alta de una nueva situación subjetiva para una persona, dentro del sistema de Tarjeta Social Digital
– 22: Modificación de situación subjetiva. Modificación de datos de una situación subjetiva existente (previamente cargada) en el sistema de Tarjeta Social Digital
– 23: Borrado de situación subjetiva. Borrado físico de una situación subjetiva. Se utilizará esta acción para corregir errores y borrar situaciones subjetivas previamente remitidas al sistema de Tarjeta Social Digital.
– 25: Cambio de identificador de persona. Cambio en el identificador de una persona
existente en el sistema de tarjeta social digital. Uso típico de campo de tipo de IPF de
6 (extranjero) a 1 (nacional).
– 26: Variación de datos personales. Variación de datos personales de persona existente en el sistema de tarjeta social digital.
Dado que la carga inicial (o masiva) de situaciones subjetivas es un proceso muy costoso
que pretende agilizar la carga de una gran cantidad de información en el sistema, únicamente permitirá acciones de tipo Alta de situación subjetiva (21).
Por el contrario, el proceso de carga diaria permite utilizar todas las acciones que aquí se
detallan.
Alta de situación subjetiva.
Se utilizará para dar de alta una nueva situación subjetiva a una persona. Se aportará por el
proveedor la información referente a los datos personales, el domicilio de residencia, el tipo
de situación subjetiva y todos los valores de los atributos asociados a dicha situación.
–
Si la persona asociada ya se encuentra en el sistema (mismo IDENTIFICADOR) no se le
dará de alta. Se asociará a la persona encontrada la nueva situación subjetiva siempre y
cuando se detecte que se trata de la misma persona. Para ello se aplicará el algoritmo de
coincidencia del 80% de los datos personales (nombre y apellidos). En el caso de que, aun
siendo un identificador encontrado, no coincidan los datos personales (menos del 80% de
similitud) se devolverá error de identificación.
–
La situación subjetiva se identificará en el sistema en base al tipo de situación y al identificador de la persona perceptora. En el caso de que la situación subjetiva que se pretende
dar de alta ya se encontrase asociada a esa misma persona se devolverá un error (una
misma persona no puede estar asociada varias veces la misma situación subjetiva).
– No se admitirán movimientos de alta de prestación asociados a un identificador de persona
que previamente haya sido modificado a través de un movimiento de CAMBIO DE IDENTI-
cve: BOE-A-2021-21783
Verificable en https://www.boe.es
Validaciones a aplicar.
– La obligatoriedad de los campos a aportar en un registro de Alta de Situación Subjetiva
vienen detallados en la tabla del apartado 6.2.4.
– Si la persona que se recibe asociada a la situación subjetiva no se encuentra en TSD, se
procederá con su alta.