III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Recaudación de tributos. Entidades colaboradoras. (BOE-A-2021-21759)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se procede a cancelar la autorización n.º 319 para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria correspondiente a Santander Investment, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166408

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
21759

Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Departamento de Recaudación
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se procede a
cancelar la autorización n.º 319 para actuar como entidad colaboradora en la
gestión recaudatoria correspondiente a Santander Investment, SA.

Visto el escrito remitido por la Entidad Santander Investment, S.A. en el que solicita
su exclusión como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 319 para actuar como colaboradora en
la gestión recaudatoria, correspondiente a la Entidad Santander Investment, S.A. En
consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las
cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de
junio (BOE de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el
apartado primero, punto cuarto de la Instrucción núm. 1/2008, de 27 de febrero, de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante el Director General de
la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-21759
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 16 de diciembre de 2021.–El Director del Departamento de Recaudación de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Guillermo Barros Gallego.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X