III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2021-21771)
Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con el Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Miércoles 29 de diciembre de 2021

Sec. III. Pág. 166521

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
21771

Resolución de 14 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión
Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en
relación con el Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas
urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de
actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la
recuperación de la crisis consecuencia de la COVID-19.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 14 de diciembre de 2021.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Generalitat en relación con el Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell,
de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de
actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación
de la crisis consecuencia de la COVID-19.
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de trabajo
constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Generalitat para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias
manifestadas en relación con los artículos 13, 28 y 29, ambas partes consideran
solventadas las mismas con arreglo a los siguientes compromisos:

«1. (…)
2. Lo establecido en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de lo
dispuesto para los procedimientos de contratación pública en la Disposición Final
Primera del Decreto-ley 7/2021, del Consell, de 7 de mayo, de medidas
extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia
de la COVID-19, por la que se modifica la Disposición Adicional Quinta de la
Ley 3/2020 de medidas fiscales, gestión administrativa y financiera y de
organización de la Generalitat 2021.»
b) Respecto al artículo 29.2 del Decreto-ley 6/2021, el Gobierno de la Generalitat
Valenciana se compromete a promover la correspondiente modificación legislativa de
este precepto con el siguiente tenor literal:
«En relación con el anterior se fomentará, en las acciones realizadas con
cargo a estos fondos, la incorporación de personas procedentes de colectivos

cve: BOE-A-2021-21771
Verificable en https://www.boe.es

a) En relación con el artículo 13 del Decreto-Ley 6/2021, el Gobierno de la
Generalitat Valenciana se compromete a promover la correspondiente modificación
legislativa de este precepto, a fin de añadir un apartado dos al citado artículo 13, con el
siguiente tenor literal: